Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, relativo a la creación de la Unidad de Prevención y Combate al Acoso Sexual.

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EmisorConsejo de la Judicatura Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA Y ADICIONA EL QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, RELATIVO A LA CREACIÓN DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN Y COMBATE AL ACOSO SEXUAL.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano administrativo del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100, octavo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

CUARTO. El artículo 1 constitucional establece que todas las autoridades del Estado Mexicano, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, así como el deber de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a éstos;

QUINTO. En términos del artículo 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer, "Convención Belém do Pará", nuestro país está comprometido a adoptar las políticas y medidas administrativas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar estas formas de violencia;

SEXTO. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer "CEDAW", por sus siglas en inglés, señala el compromiso del Estado mexicano para adoptar las medidas necesarias, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra las mujeres, incluyendo aquéllas en el ámbito laboral, a fin de asegurar condiciones de igualdad entre mujeres y hombres; y

SÉPTIMO. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia prevé que las medidas para el cumplimiento de esa ley deben encaminarse a la prevención, atención, sanción y erradicación de todos los tipos de violencia contra la mujer, señalando que la violencia contra las mujeres en el ámbito laboral se ejerce por personas que tienen un vínculo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, su autoestima, salud, integridad, libertad, y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la dignidad. Por lo que deben implementarse acciones para prevenir y atender este tipo de conductas.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ÚNICO. Se reforman los artículos 2, fracción XV; 18, fracción VIII, párrafo primero; 19 fracción I, incisos f) y g); la denominación del Capítulo Séptimo, del Título Segundo; 67, párrafo primero; 68, párrafo primero; 69; la denominación de la Sección Sexta, del Capítulo Séptimo, del Título Segundo; 160, fracción IX, párrafo primero; 170, fracciones XX y XXI; 189, fracción V; y 231; y se adicionan el inciso h) a la fracción I, del artículo 19; 98 Septies y 98 Octies al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo.

Artículo 2. ...

I. a XIV. ...

XV. Unidades administrativas: Las ponencias de las y los Consejeros...

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