Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona diversas disposiciones de los similares 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito; y 16/2009, que regula las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito y establece los lineamientos para su videograbación y difusión, en relación con las videoconferencias.

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EmisorConsejo de la Judicatura Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS SIMILARES 8/2015, RELATIVO A LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS PLENOS DE CIRCUITO; Y 16/2009, QUE REGULA LAS SESIONES DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO Y ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS PARA SU VIDEOGRABACIÓN Y DIFUSIÓN, EN RELACIÓN CON LAS VIDEOCONFERENCIAS.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y

CUARTO. El 8 de junio de 2020, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General 12/2020 que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo; mediante el cual en el Transitorio Décimo Tercero instruyó reformar los Acuerdos Generales 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito; y 16/2009, que regula las sesiones de los Tribunales Colegiados de Circuito y establece los lineamientos para su videograbación y difusión, en relación con las videoconferencias, para ajustarlos a lo dispuesto en el citado Acuerdo General.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO. Se reforman los artículos 2, fracciones XX y XXI; 17, fracción I; 20, fracción I; 26 párrafo primero; 38; 39, párrafo primero; 44; y 47, párrafos primero y último; y se adicionan la fracción XXII al artículo 2; un tercer párrafo al artículo 24; los párrafos cuarto, quinto y último al artículo 27; y el artículo 35 Bis, al Acuerdo General 8/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I. a XIX. ...

XX. Tribunal o tribunales: Tribunales colegiados de Circuito;

XXI. Vía electrónica auxiliar: Uso manual y personalizado del correo electrónico oficial; y

XXII. Videoconferencia: Método de comunicación virtual alternativo multidireccional que tiene por objeto reproducir imágenes y audios en tiempo real a través de una infraestructura de telecomunicaciones, utilizando como vía las conexiones entre los diversos dispositivos dedicados a esos fines (códec de videoconferencia, computadoras, tabletas, teléfonos inteligentes, entre otros) que permite a varios usuarios mantener una conversación...

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