Acuerdo por el que se habilitan días inhábiles en la Auditoría Superior de la Federación para efectos de los procedimientos de Licitación Pública Nacional No. ASF-DGRMS-LPN- OP-01/2019 y Licitación Pública Nacional No. ASF-DGRMS-LPN-20/2019 para el año 2019.

Fecha de disposición20 Diciembre 2019
Fecha de publicación20 Diciembre 2019
EmisorAUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION
SecciónUNICA. Poder Legislativo

Al margen un logotipo, que dice: Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.

ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS INHÁBILES EN LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN PARA EFECTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. ASF-DGRMS-LPN-OP-01/2019 Y LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. ASF-DGRMS-LPN-20/2019 PARA EL AÑO 2019

DAVID ROGELIO COLMENARES PÁRAMO, Auditor Superior de la Federación, con fundamento en los artículos 74, fracción VI y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, fracción III, 7, 83, 89, fracciones I, XIII, XXXIII y 90 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; 7, fracciones I, II y XXV, 8, fracción XVI del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación; 12, párrafo primero del Código Fiscal de la Federación y; 28, párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y

CONSIDERANDO

  1. Que los artículos 74, fracción VI y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, disponen que la revisión de la Cuenta Pública la realizará la Cámara de Diputados a través de la Auditoría Superior de la Federación, quien tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la Ley;

  2. Que el artículo 4, fracción III, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, contempla la facultad de la Auditoría Superior de la Federación para decidir sobre su organización interna, estructura y funcionamiento, así como para la administración de los recursos humanos, materiales y financieros que utilice para la ejecución de sus atribuciones;

  3. Que el artículo 7 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación dispone que a falta de disposición expresa, se aplicará de forma supletoria y en lo conducente, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; la Ley de Coordinación Fiscal; la Ley de Ingresos; el Código Fiscal de la Federación; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; la Ley General de Responsabilidades Administrativas; la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, y el Presupuesto de Egresos, así como las disposiciones relativas del derecho común federal, sustantivo y procesal, en ese orden;

  4. Que el...

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