Acuerdo por el que se instituye la Unidad de Igualdad de Género de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Fecha de disposición27 Marzo 2020
Fecha de publicación27 Marzo 2020
MateriaDerecho Constitucional
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 14, 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 5, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5, fracción X, 22, fracciones XLI y XLII del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en nuestro país todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos por ella y en los tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte, así como de las garantías para su protección;

Que todas las autoridades, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad y garantizar la protección más amplia;

Que la discriminación, por razones de género, entre otras, está prohibida en nuestro país y que la mujer y el hombre son iguales ante la ley;

Que el Estado Mexicano ratificó la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y su Protocolo Facultativo, así como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belem do Pará), mismos que tienen como propósito proteger los derechos humanos de las mujeres y establecer su derecho a una vida libre de violencia;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, dentro de sus principios rectores está "No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera", por lo cual propugna por la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres y rechaza toda forma de discriminación.

Que el Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2019-2024, considera que las mujeres se encuentran en una situación de desventaja en el mercado laboral debido, entre otras causas, a la discriminación por razones de género, por lo que plantea dignificar su trabajo y lograr su inserción en el empleo formal, con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género;

Que el artículo Vigésimo Primero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, establece que el Ejecutivo Federal deberá instituir las Unidades de Género de la Administración Pública Federal en un plazo de 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del referido decreto;

Que el "PROTOCOLO para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual", emitido por las Secretarías de Gobernación y Función Pública y por el Instituto Nacional de las Mujeres, publicado en el Diario Oficial de la Federación el...

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