Acuerdo por el que se instruyen a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios las acciones que en el mismo se indican.

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EmisorSecretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 4o. de la propia Constitución; 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o., fracción XXII, 17 Bis, fracciones IV y VI, 194, 194 bis, 204 y 376 de la Ley General de Salud; 84, fracciones II y IV de la Ley General de Mejora Regulatoria, y 161 Bis del Reglamento de Insumos para la Salud, y

CONSIDERANDO

Que desde el inicio de la presente administración, el Gobierno Federal planteó la necesidad de que en nuestro país, se cuente con más y mejores medicamentos, de manera que todos los mexicanos tengan acceso a los mismos, con menores costos, para poder atender las diversas enfermedades que los aquejan;

Que en ese sentido, el propio Gobierno Federal ha emprendido diversas acciones, incluida la firma con fecha 31 de julio de 2020, de un Acuerdo específico con la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos, con el propósito de llevar a cabo proyectos de licitaciones por encargo, para la adquisición de medicamentos e insumos médicos;

Que dicha acción fue complementada con la reforma aprobada por el Congreso de la Unión a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2020, a través de la cual quedó exceptuada de la aplicación de dicha Ley, la adquisición de bienes o prestación de servicios para la salud que contraten las dependencias y/o entidades con organismos intergubernamentales internacionales, mediante mecanismos de colaboración previamente establecidos, siempre que se acredite la aplicación de los principios previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Que el artículo 161 bis del Reglamento de Insumos para la Salud, establece que la Secretaría de Salud, podrá expedir disposiciones de carácter general que tengan por objeto reconocer que los requisitos, pruebas, procedimientos de evaluación y demás requerimientos solicitados por las autoridades sanitarias extranjeras para permitir en sus respectivos países la venta, distribución y uso de insumos a que se refiere ese Reglamento, son...

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