Acuerdo E/JGA/55/2019 que determina la baja documental complementaria de los expedientes jurisdiccionales concluidos definitivamente desde el año mil novecientos noventa y cinco, y hasta el dos mil quince.

Fecha de disposición04 Noviembre 2019
Fecha de publicación04 Noviembre 2019
EmisorTRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO E/JGA/55/2019

BAJA DOCUMENTAL COMPLEMENTARIA DE LOS EXPEDIENTES JURISDICCIONALES CONCLUIDOS DEFINITIVAMENTE DESDE EL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO, Y HASTA EL DOS MIL QUINCE.

CONSIDERANDOS

  1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena; y el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el tribunal, se ejercerá con autonomía y conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, bajo los principios de legalidad, certeza, independencia, honestidad, responsabilidad y transparencia y su administración será eficiente para lograr la eficacia de la justicia administrativa bajo el principio de rendición de cuentas.

  2. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional, establece que la Junta de Gobierno y Administración, tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

  3. Que en términos del artículo 23, fracciones II, XXVI y XXX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se establece que es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del tribunal; así como dirigir la buena marcha del tribunal dictando las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos administrativos del tribunal.

  4. Que de conformidad con el artículo 46, párrafos primero y tercero inciso a) del Reglamento Interior del Tribunal, la Junta de Gobierno y Administración es el órgano que, en términos de la ley, tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, entendiéndose por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del tribunal que correspondan a sus competencias.

  5. Que el artículo 47, primer párrafo del Reglamento Interior del Tribunal, establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el tribunal.

  6. Que los artículos 1 y 24, fracción IV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y los artículos 1 y 11, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán constituir y actualizar sus sistemas de archivo y gestión documental, conforme a la normatividad aplicable; asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 31, fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, aprobó los Lineamientos para la Organización y Conservación de los Archivos, publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de mayo de 2016, estableciendo en su Lineamiento Sexto, fracción I, la obligación de los sujetos obligados de implementar métodos y medidas para administrar, organizar y conservar de manera homogénea los documentos de archivo que reciban, produzcan, obtengan, adquieran, transformen o posean, derivado de sus facultades, competencias o funciones, a través de los archivos de trámite, de concentración y, en su caso, histórico.

  7. Que el 30 de junio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo general G/JGA/37/2016, emitido por la Junta...

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