Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba, a propuesta de la Dirección Ejecutiva de Administración, la actualización de los niveles 2701 y 2715, en el tabulador de remuneraciones para las contrataciones bajo el régimen de honorarios permanentes, de conformidad con el Acuerdo INE/CG634/2020, por el que se aprobó el presupuesto para el Instituto Nacional Electoral para el ejercicio fiscal 2021.

EdiciónVespertina
EmisorInstituto Nacional Electoral

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- INE/JGE45/2021.

ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA, A PROPUESTA DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN, LA ACTUALIZACIÓN DE LOS NIVELES 2701 Y 2715, EN EL TABULADOR DE REMUNERACIONES PARA LAS CONTRATACIONES BAJO EL RÉGIMEN DE HONORARIOS PERMANENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO INE/CG634/2020, POR EL QUE SE APROBÓ EL PRESUPUESTO PARA EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

GLOSARIO

Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
COVID-19
Pandemia por el virus SARS-CoV2
CPV
Credencial para Votar
DEA
Dirección Ejecutiva de Administración
DERFE
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores
DOF
Diario Oficial de la Federación
Estatuto
Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa
Instituto/INE
Instituto Nacional Electoral
Junta
Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
MACS
Módulos de Atención Ciudadana
Manual
Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral
RIINE
Reglamento Interior del Instituto Nacional Electora

ANTECEDENTES

  1. El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia el brote de Coronavirus COVID-19 en el mundo, por la cantidad de casos de contagio y de países involucrados.

  2. El 13 de marzo de 2020, el Secretario Ejecutivo de este Instituto, mediante comunicado oficial dio a conocer la implementación de diversas medidas de prevención, información y orientación a fin de mitigar el riesgo de contagio entre personal del Instituto.

  3. El 17 de marzo de 2020, en sesión extraordinaria la Junta, mediante Acuerdo INE/JGE34/2020, determinó las medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19.

  4. El 23 de marzo de 2020, se publicó en la edición vespertina del DOF, el acuerdo mediante el cual el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.

  5. El 24 de marzo de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

  6. El 27 de marzo de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General, mediante Acuerdo INE/CG82/2020, determinó como medida extraordinaria la suspensión de plazos inherentes a las actividades de la función electoral, con motivo de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia

    del Coronavirus, COVID19.

  7. El 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el DOF el acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), el cual señala que la Secretaría de Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia sanitaria.

  8. El 31 de marzo de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo por el que se estableció, como acción extraordinaria para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que los sectores público, social y privado deberían implementar las medidas señaladas en el artículo primero del decreto.

  9. El 16 de abril de 2020, en sesión extraordinaria de la Junta, mediante Acuerdo INE/JGE45/2020 se modificó el diverso INE/JGE34/2020, por el que se determinaron medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19, a efecto de ampliar la suspensión de plazos procesales en la tramitación y sustanciación de los procedimientos administrativos competencia de los diversos órganos del Instituto, así como cualquier plazo de carácter administrativo, hasta que la propia Junta acuerde su reanudación, con base en la información sobre las condiciones sanitarias relacionadas con la pandemia del COVID-19, debiendo continuar vigentes de igual manera el resto de las determinaciones contenidas en el Acuerdo de referencia.

  10. El 14 de mayo de 2020 se publicó en el DOF el acuerdo mediante el cual la Secretaría de Salud estableció una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como el establecimiento de medidas extraordinarias.

  11. El 15 de mayo de 2020 se publicó en el DOF el acuerdo por el que la Secretaría de Salud modificó el diverso por el que se estableció una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar sanamente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como el establecimiento de acciones extraordinarias, publicado el 14 de mayo de 2020.

  12. El 28 de mayo de 2020 el Consejo General mediante Acuerdo INE/CG97/2020, determinó la reanudación de algunas actividades suspendidas como medida extraordinaria con motivo de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia del coronavirus, COVID-19, mediante Acuerdo INE/GE82/2020, o que no han podido ejecutarse, respecto al proceso de constitución de nuevos Partidos Políticos Nacionales y se modifica el plazo para dictar la resolución respecto de las siete solicitudes de registro presentadas.

  13. El 29 de mayo de 2020 se publicó en el DOF el acuerdo por el que la Secretaría de Economía, la Secretaría de Salud, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y el Instituto Mexicano del Seguro Social, establecen los Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de las actividades económicas.

  14. El 24 de junio de 2020, la Junta, emitió el Acuerdo INE/JGE69/2020, con el que aprobó la "Estrategia y la Metodología para el levantamiento de plazos relacionados con actividades administrativas, así como para el regreso paulatino a las actividades presenciales por parte del personal".

  15. El 26 de junio de 2020, conforme a lo establecido en el Acuerdo mencionado en el antecedente anterior, se instaló el Grupo Estratégico INE-19.

  16. El 8 de julio de 2020, en sesión ordinaria el Consejo General, mediante Acuerdo INE/CG163/2020 reformó el RIINE, mismo que se publicó en el DOF el 21 de julio de 2020. Dicha reforma, tuvo como principal objetivo armonizar sus disposiciones con el contenido de la reforma en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género, así como para revisar otros aspectos de la normativa interna del Instituto, en este último rubro se contemplan las modificaciones de naturaleza funcional que derivan de la operación diaria de las áreas ejecutivas y técnicas del Instituto.

  17. El 26 de agosto de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General, mediante Acuerdo INE/CG236/2020 se aprobó el Anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio fiscal del año 2021.

  18. El 7 de diciembre de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General, mediante Acuerdo INE/CG634/2020 se aprobó el Presupuesto para el Ejercicio Fiscal del año 2021, que refleja la reducción realizada por la Cámara de Diputados y en su Considerando X, se indica una política de congelación de sueldos reales y se hizo una excepción para 6,039 personas, los cuales

    corresponden a los niveles 2701 y 2715, por ser estos niveles los que perciben las menores remuneraciones en el Instituto, para quienes se contempló un incremento salarial real del 1.5%.

  19. El 18 de diciembre de 2020, en sesión extraordinaria de la Junta, mediante Acuerdo INE/JGE222/2020, se aprobó para el ejercicio fiscal 2021, el Manual de Remuneraciones para los Servidores Públicos de Mando; la Publicación de la Estructura Ocupacional en el DOF y la actualización de los Tabuladores de Sueldos para el Personal del Servicio Profesional Electoral Nacional, para el Personal de la Rama Administrativa y el de Remuneraciones para las contrataciones bajo el régimen de Honorarios Permanentes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2021.

    CONSIDERANDO

    1. El artículo 41, párrafo tercero, Base V, apartado A, párrafos primero y segundo de la Constitución, en relación con los diversos 29 y 30, párrafo 2 de la LGIPE, señalan que el Instituto, es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley; asimismo contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones. En el ejercicio de esta función estatal la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad serán principios rectores y se realizarán con perspectiva de género

      De igual forma, la disposición constitucional referida, establece que el INE será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño; contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia.

    2. Asimismo, el artículo 41, párrafo tercero, Base V, apartado B, inciso a), numeral 3 de la Constitución, en relación con el artículo 32, párrafo 1, inciso a)...

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