Acuerdo de la Junta de Gobierno por el que se aprueban las reformas al Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Nacional de Estadística y Geografía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno. La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52 y 77 fracción IX, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica ha tenido a bien aprobar el siguiente:

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR EL QUE SE APRUEBAN LAS REFORMAS AL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA

ÚNICO.- Se adicionan las fracciones VIII, IX y X al artículo 3, la fracción XI Bis al artículo 8, la fracción III Bis al artículo 10, las fracciones III Bis y III Ter al artículo 11, la fracción XI Bis al artículo 39, el Capítulo XIV Bis, De las Coordinaciones Generales, la fracción I Bis al artículo 46, los artículos 46 Bis, 46 Ter y 46 Quáter, las fracciones XIV, XV y XVI al artículo 49, un tercer párrafo al artículo 53; se reforma el inciso d) de la fracción VII del artículo 3, la fracción XXVIII del artículo 5, el primer párrafo, las fracciones V, XIV y el último párrafo del artículo 11, primer párrafo del artículo 12, la fracción I del artículo 30, la fracción XX del artículo 33, la fracción XVI del artículo 35, la fracción V del artículo 40, las fracciones II, XVII, XX y XXII del artículo 41, el artículo 45, el primer párrafo, las fracciones I, XII, XIX, XXV y el último párrafo del artículo 46, el cuarto párrafo del artículo 47, las fracciones V, XII, XIV y el último párrafo del artículo 48, la fracción XIII del artículo 49, el artículo 54; se derogan los incisos c) y d) de la fracción V y e) de la fracción VII del artículo 3, las fracciones XI, XII, XIII y XIX del artículo 33, la fracción XV del artículo 34, los artículos 36 y 37, las fracciones XIX y XXI del artículo 41, las fracciones XI y XV del artículo 42, las fracciones XII, XXI y XXII del artículo 43, la fracción VI del artículo 48, el artículo 51 y 52, todos ellos del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 3

...

V. ...

  1. ...

  2. ...

  3. Derogado

  4. Derogado

    VII. ...

  5. ...

  6. ...

  7. ...

  8. Dirección General Adjunta de Administración de Riesgos y Transparencia.

  9. Derogado

    VIII. Coordinación General de Asuntos Jurídicos;

    IX. Coordinación General de Informática;

    X. Coordinación General de Operación Regional:

  10. Diez Direcciones Regionales, las cuales operarán en la sede y con competencia en las circunscripciones territoriales que a continuación se señalan:

    1) Noreste.- Con sede en Monterrey, Nuevo León, circunscripción: estados de Nuevo León, Coahuila y Tamaulipas;

    2) Norte.- Con sede en Durango, Durango, circunscripción: estados de Durango, Chihuahua y Zacatecas;

    3) Noroeste.- Con sede en Hermosillo, Sonora, circunscripción: estados de Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa;

    4) Occidente.- Con sede en Guadalajara, Jalisco, circunscripción: estados de Jalisco, Colima, Michoacán y Nayarit;

    5) Centro Norte.- Con sede en San Luis Potosí, San Luis Potosí, circunscripción: estados de San Luis Potosí, Aguascalientes, Guanajuato y Querétaro;

    6) Centro Sur.- Con sede en Toluca, Estado de México, circunscripción: estados de México, Guerrero y Morelos;

    7) Oriente.- Con sede en Puebla, Puebla, circunscripción: estados de Puebla, Hidalgo, Tlaxcala y Veracruz;

    8) Sur.- Con sede en Oaxaca, Oaxaca, circunscripción: estados de Oaxaca, Chiapas y Tabasco;

    9) Sureste.- Con sede en Mérida, Yucatán, circunscripción: estados de Yucatán, Campeche y Quintana Roo, y

    10) Centro.- Con sede en la Ciudad de México, circunscripción: Ciudad de México.

    ...

ARTÍCULO 5

...

XXVIII. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la Contraloría Interna y nombrar al Auditor Externo en términos de lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley;

...

ARTÍCULO 8

...

XI Bis. Resolver los recursos de revisión promovidos en términos de lo dispuesto por el Título Quinto de la Ley, en contra de los actos ejecutados por los titulares de las Unidades Administrativas, y

...

ARTÍCULO 10

...

III Bis. Coordinar con el correspondiente Titular de la Unidad Administrativa del Instituto, los asuntos relacionados a la generación y difusión de la Información del Subsistema que presiden;

...

ARTÍCULO 11

Al frente de las Direcciones Generales y Coordinaciones Generales a que hace referencia el artículo 3 de este Reglamento, estará un Titular, quien en adición a las atribuciones específicas que le otorgue el presente Reglamento a la Unidad Administrativa a su cargo, tendrá las siguientes:

...

III Bis. Coadyuvar al Vicepresidente del Subsistema que le corresponda, a la planeación del mismo e informarle sobre la generación y difusión de la Información relacionada con el Subsistema;

III Ter. Coordinar con el Vicepresidente del Subsistema que le corresponda, las relaciones de colaboración que se establezcan con las Unidades del Estado e informarle sobre los resultados de los proyectos que se realicen con las mismas;

...

V. Representar al Instituto ante las Unidades del Estado, el medio académico, las organizaciones empresariales, los organismos no gubernamentales, organizaciones de otros países y organismos internacionales en el ámbito de su competencia, en coordinación con el Vicepresidente del Subsistema que le corresponda;

...

XIV. Autorizar el ejercicio del presupuesto asignado a la Unidad Administrativa a su cargo, así como la adquisición con cargo al mismo, de los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo a las disposiciones normativas aplicables;

...

Las funciones establecidas en este artículo serán indelegables para el Titular de cada Dirección General y Coordinación General, salvo en aquellos casos en que el presente Reglamento o la legislación y normatividad administrativa aplicable así lo permita.

ARTÍCULO 12

Las Direcciones Generales, las Coordinaciones Generales y la Contraloría Interna del Instituto estarán a cargo de un Titular, el cual contará para el ejercicio de sus atribuciones con el auxilio de los Directores Generales Adjuntos, Directores de Área, Subdirectores de Área, y Jefes de Departamento, que para tal efecto se precisen en los Manuales de Organización, así como por el personal de enlace y operativo que se requiera para satisfacer las necesidades del servicio, y que figuren en el presupuesto del Instituto.

...

ARTÍCULO 30

...

I. Proporcionar la asesoría técnica y la capacitación que se requieren para el funcionamiento operativo de las áreas centrales y, en conjunto con la Coordinación General de Operación Regional, de las regionales y estatales del Instituto que participan en los procesos de integración de estadística;

...

ARTÍCULO 33

...

XI. Derogada

XII. Derogada

XIII. Derogada

...

XIX. Derogada

XX. Coordinar la integración de las acciones de capacitación y actualización de los servidores públicos de las Unidades del Estado, y

...

ARTÍCULO 34

...

XV. Derogada

ARTÍCULO 35

...

XVI. Llevar a cabo las acciones de coordinación con las Unidades Administrativas del Instituto para apoyar la instrumentación de un programa de capacitación y actualización para los servidores públicos de las Unidades del Estado que realizan Actividades Estadísticas y Geográficas, y

...

ARTÍCULO 37

Derogado

ARTÍCULO 39

...

XI Bis. Proponer y aplicar las políticas de comunicación organizacional e instrumentar los mecanismos para la difusión de contenidos que fortalezcan la identidad y cultura institucional;

...

ARTÍCULO 40

...

V. Proponer ante las instancias competentes, con la opinión de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, proyectos de iniciativas y reformas de leyes relacionadas con las materias competencia del Instituto, y

...

ARTÍCULO 41

...

II. Establecer de acuerdo a las políticas aprobadas por la Junta de Gobierno, las directrices, lineamientos y criterios técnicos para el proceso de programación, presupuestación y evaluación presupuestal del Instituto, así como coordinar su aplicación;

...

XVII. Suscribir bases, contratos, convenios y acuerdos con organismos públicos, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades federativas y de los municipios, instituciones educativas, organismos internacionales y organismos no gubernamentales en el ámbito de su competencia;

...

XIX. Derogada

XX. Fungir como Presidente del Comité de Transparencia y Titular de la Unidad de Transparencia, coordinando con las Unidades Administrativas del Instituto, el cumplimiento de las disposiciones aplicables en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;

XXI. Derogada

XXII. Resolver los recursos de revisión promovidos en términos de lo dispuesto por el Título Quinto de la

Ley, en contra de los actos ejecutados por las Direcciones Generales Adjuntas de la Unidad Administrativa a su cargo, y

ARTÍCULO 42

...

XI. Derogada

XV. Derogada

...

ARTÍCULO 43

...

XII. Derogada

...

XXI. Derogada

XXII. Derogada

...

ARTÍCULO 45

La Dirección General Adjunta de Administración de Riesgos y Transparencia, contará con las atribuciones específicas siguientes:

I. Promover, coordinar y asesorar la implantación y mejora continua del control interno institucional;

II. Promover la cultura de administración de riesgos y asesorar a las Unidades Administrativas del Instituto en la identificación de riesgos que afecten el logro de sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR