Acuerdo de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía por el que se aprueba el Programa Nacional de Estadística y Geografía 2019-2024.
Edición | Matutina |
Emisor | Instituto Nacional de Estadística y Geografía |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno. PROGRAMA NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA 2019-2024
Con fundamento en lo dispuesto por el apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 9 fracción I, 10 y 77 fracción I de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en su carácter de organismo público con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, es responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, así como las actividades estadísticas y geográficas que lleven a cabo las Unidades del Estado con el objeto de obtener Información de Interés Nacional.
Que el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Sistema), tiene como finalidad suministrar a la sociedad y al Estado Información de calidad, pertinente, veraz y oportuna a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.
Que la ordenación y regulación de las actividades necesarias para la planeación, programación, producción y difusión de la Información de Interés Nacional, se debe llevar a cabo a través de los Programas Estratégico del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; Nacional de Estadística y Geografía, y Anual de Estadística y Geografía.
Que en este sentido, la Junta de Gobierno tiene a su cargo la aprobación de los programas referidos, debiendo someter los mismos a la opinión de las instancias respectivas en términos de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Una vez aprobados los programas, deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación y serán obligatorios para las Unidades del Estado, conforme a la disponibilidad presupuestaria correspondiente.
Que el Programa Nacional de Estadística y Geografía, definirá el conjunto de actividades y proyectos a ser ejecutados durante cada sexenio presidencial por las Unidades del Estado, en congruencia con lo establecido en el Programa Estratégico del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y en el Plan Nacional de Desarrollo en lo relativo a las materias de Información correspondientes a los Subsistemas. Asimismo, se orientará a producir la información tendiente al mejor...
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