Acuerdo por el que se levanta la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de la Función Pública.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública. IRMA ERÉNDIRA SANDOVAL BALLESTEROS, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en los artículos 90, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 140 de la Ley General de Salud, 26 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles; 1, 4, 11 y 12 fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el 20 de marzo del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de la Función Pública, como medida de prevención y combate a la propagación del COVID-19; el cual fue modificado mediante diverso publicado en el mismo medio de difusión oficial el 27 de marzo de 2020;

Que el 17 de abril del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se suspenden plazos y términos legales, así como actividades en la Secretaría de la Función Pública, con las exclusiones que en el mismo se indican, como medida de prevención y combate de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19); el cual fue reformado el 17 de junio del año en curso, mediante publicación en el citado medio de difusión.

Que la continuada prolongación del periodo de contingencia sanitaria constriñe a adoptar un nuevo esquema de operación en la Administración Pública Federal, en consonancia con las actividades inherentes para el restablecimiento paulatino a la normalidad desde los distintos enfoques del servicio público en los ámbitos legislativo, judicial y ejecutivo, para ello, es necesario reanudar los plazos y términos legales de los procedimientos, trámites y servicios que se encontraban suspendidos, manteniendo como eje rector el cumplimiento de las medidas necesarias para preservar la salud e integridad de las personas servidoras públicas y de los miembros de la sociedad, en apego a los lineamientos que dicten las autoridades sanitarias.

Que, a fin de transitar al restablecimiento de las actividades bajo la responsabilidad de la Secretaría de la Función Pública, inherentes a proteger la honestidad, eficacia, eficiencia, economía y legalidad en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR