Acuerdo por el que se levanta la suspensión de los procedimientos administrativos que se indican, seguidos en la Secretaría de Turismo.

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EmisorSecretaría de Turismo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo. MIGUEL TOMÁS TORRUCO MARQUÉS, Secretario de Turismo, con fundamento en los artículos 42, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 4 de la Ley General de Turismo; 3 del Reglamento de la Ley General de Turismo; 4 y 28, párrafo tercero, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; así como 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como en artículo 4, fracción I, de la Ley General de Turismo y 3 de su Reglamento; la Secretaría de Turismo es la autoridad facultada para, entre otros, formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional, así como para llevar a cabo los procedimientos verificación y sanción de los prestadores de servicios turísticos;

Que corresponde a la Secretaría de Turismo verificar el cumplimiento de la Ley General de Turismo, su Reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Turismo; así como establecer las infracciones que correspondan, para lo cual deberá iniciar y resolver el procedimiento administrativo de infracción;

Que con motivo de la situación sanitaria por la declaración de pandemia por la Organización Mundial de la Salud, por el virus denominado CORONAVIRUS (COVID-19), la Secretaría de Salud instauró la Jornada Nacional de Sana Distancia, en la cual se recomendó, en su numeral 2, suspender temporalmente las actividades no esenciales de los sectores público, privado y social, a partir del 23 de marzo de 2020;

Que el 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoció la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 COVID-19 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, y se establecieron las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia;

Que con fecha 23 de marzo de 2020, esta Secretaría de Turismo publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se suspenden, por causa de fuerza mayor, los actos y procedimientos administrativos seguidos en la Secretaría de Turismo y sus Órganos Administrativos Desconcentrados, como medida preventiva para evitar la concentración de personas que se da en las reuniones de trabajo, los desplazamientos en medios de transporte masivos...

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