Acuerdo mediante el cual se amplía el plazo para la presentación del trámite CONAGUA-01-021 Prórroga de títulos de concesión, asignación y/o permisos de descarga, que durante el periodo indicado culminó el plazo contenido en el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. BLANCA ELENA JIMÉNEZ CISNEROS, Directora General en la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 140 de la Ley General de Salud; 4, 28 y 29 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 2 fracción XXXI c., 41, 42 y 43, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 9 párrafos primero y quinto, fracciones VI, XVIII, XX, XXXV, XXXVI, XLVIII y LIV, 22 y 24 de la Ley de Aguas Nacionales, 1, 2, 6 párrafo primero, 8, 9, 11 apartados A fracción II, B fracción II y C fracción I, 13 fracciones I, XI, XXVI inciso a) y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos;

Que el artículo 28 de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo faculta a los titulares de las Dependencias del Ejecutivo Federal para suspender labores por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada;

Que el artículo 140 de la Ley General de Salud dispone que las autoridades no sanitarias cooperarán en el ejercicio de la acción para combatir las enfermedades transmisibles, estableciendo las medidas que estimen necesarias sin contravenir las disposiciones que rigen la materia;

Que el artículo 9, párrafos primero y quinto, fracciones VI y LIV de la Ley de Aguas Nacionales establece que la Comisión Nacional del Agua cuenta con atribuciones para emitir disposiciones de carácter general en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como realizar las demás facultades que señalen las disposiciones legales;

Que el 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia";

Que el 24 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "ACUERDO por el que se establecen las medidas...

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