Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos en materia de Austeridad y Disciplina del Gasto del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para el ejercicio fiscal 2016

Fecha de disposición29 Febrero 2016
Fecha de publicación29 Febrero 2016
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/24/02/2016.04

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA DEL GASTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016

CONSIDERACIONES

  1. Que el siete de febrero de dos mil catorce, el Ejecutivo Federal promulgó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando, entre otros, el artículo 6o., a efecto de establecer que la Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.

  2. Que en términos del artículo octavo transitorio del Decreto antes invocado, en tanto el Congreso de la Unión expide las reformas a las leyes respectivas en materia de transparencia, el organismo garante que establece el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ejercerá sus atribuciones y competencias conforme a lo dispuesto en el propio Decreto y en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

  3. Que con motivo de la reforma Constitucional referida, el catorce de mayo de dos mil catorce, el Senado de la República tomó protesta a los siete Comisionados integrantes del Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

  4. Que el Congreso de la Unión en cumplimiento al artículo Segundo Transitorio del Decreto de reforma en materia de transparencia, expidió la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley General), la cual fue publicada el cuatro de mayo de dos mil quince en el Diario Oficial de la Federación, entrando en vigor al día siguiente de su publicación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo Primero Transitorio de la referida Ley General. Con ella, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos cambió su denominación por el de Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el cual se robustece con nuevas atribuciones que lo consolidan como organismo garante a nivel nacional.

  5. Que la Cámara de Diputados expidió el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 27 de noviembre de 2015.

  6. Que el INAI, como ente autónomo deberá implantar medidas equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación y en sus respectivas páginas de internet, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro de conformidad con el artículo 16, penúltimo párrafo del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016.

  7. Que el presupuesto solicitado por el INAI para el ejercicio 2016 fue autorizado atendiendo a las necesidades administrativas del Instituto, lo que implica en su caso un proceso de diseño institucional eficaz, eficiente, con calidad, programático, abierto, dirigido con racionalidad y transparencia, así como contar con los recursos materiales necesarios para atender los nuevos requerimientos derivados de la reforma constitucional en materia de transparencia.

  8. Que el articulo 61 primer párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que "los ejecutores de gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin

    afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos".

  9. Que el Instituto se sujetará a las disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública que se establezcan en los términos del Título Tercero, Capítulo IV de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en las demás disposiciones aplicables.

  10. Que es propósito fundamental del INAI realizar un proceso de planeación a efecto de hacer un uso racional del ejercicio de su presupuesto autorizado y optimizar el gasto sin detrimento de los programas sustantivos, operativos, administrativos y metas autorizadas, en concordancia con las disposiciones señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.

  11. Que con la finalidad de propiciar un ejercicio racional y eficiente del gasto del Instituto, se estima necesario establecer Lineamientos en Materia de Austeridad y Disciplina del Gasto para el ejercicio de aquellas partidas que sin afectar el cumplimiento de los objetivos y metas del Instituto son susceptibles de generar ahorros.

  12. Que el objeto de los presentes Lineamientos es establecer los criterios de austeridad sobre las partidas de gasto, con base en los principios de racionalidad, eficiencia, eficacia, disciplina presupuestal y transparencia del Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para el ejercicio fiscal 2016.

  13. Que conforme se establezca el diseño institucional, se fijarán los topes presupuestales en cada una de las partidas sujetas a criterios de racionalidad, no obstante como lo establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, los ahorros que se obtengan a partir de la implementación de estos Lineamientos se estima que ascenderán a $7,087,207.00 (Siete millones ochenta y siete mil doscientos siete pesos 00/100 M.N.), lo que representa el cinco por ciento del gasto de operación original.

  14. Que los Lineamientos prevén las medidas específicas para reducir el gasto de operaciones administrativas, respecto de las siguientes partidas:

    · 22104 Productos alimenticios, para el personal en las instalaciones de las dependencias y entidades.

    · 26103 Combustibles, lubricantes y aditivos para vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales destinados a servicios administrativos.

    · 31101 Energía eléctrica.

    · 31501 Servicio de telefonía celular.

    · 33104 Otras asesorías para la operación de programas

    · 33301...

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