ACUERDO mediante el cual se autoriza a Aseguradora Inverméxico, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, Grupo Financiero Inverméxico, para que continúe funcionando como institución de seguros.

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

ACUERDO mediante el cual se autoriza a Aseguradora Inverméxico, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, Grupo Financiero Inverméxico, para que continúe funcionando como institución de seguros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Seguros y Fianzas.- Subdirección de Seguros.- Departamento de Autorizaciones y Operación de Seguros.- 102-E-366-DGSV-I-B-a-1538.- 731.1/78002. Autorizaciones a Instituciones de Seguros.- Se les otorga la que se indica para que continúen funcionando como institución de seguros. Aseguradora Inverméxico, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, Grupo Financiero Inverméxico. Av. Universidad número 1571, 3er. piso, colonia Florida Ciudad. En virtud de que esta Secretaría mediante oficio 102-E-366-DGSV-I-B-a-1537 de esta misma fecha, otorgó aprobación a las reformas acordadas a sus estatutos sociales, entre las que destacan el cambio de su denominación actual de Aseguradora Universal, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, por la de Aseguradora Inverméxico, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, Grupo Financiero Inverméxico, en virtud de su integración al mismo y el aumento de su capital social aN$ 10'000,000.00, contenidas en el testimonio de la escritura número 79,687 del 11 de mayo último, otorgada ante la fe del licenciado Ignacio Soto Borja, Notario Público número 129, con ejercicio en el Distrito Federal, esta propia Secretaría, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 5o. y 7o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y segundo transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de dicho ordenamiento legal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de enero de 1990 y considerando lo previsto en el artículo 6o. de su Reglamento Interior, ha resuelto dictar el siguiente ACUERDO: ARTICULO PRIMERO.- En uso de la facultad que el artículo 5o. de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros confiere a la Secretaría de...

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