Acuerdo mediante el cual se autoriza la estructura ocupacional del Instituto Federal de Telecomunicaciones para el ejercicio fiscal 2019.

Fecha de disposición28 Febrero 2019
Fecha de publicación28 Febrero 2019
EmisorINSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

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ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA ESTRUCTURA OCUPACIONAL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

GABRIEL OSWALDO CONTRERAS SALDÍVAR, COMISIONADO PRESIDENTE DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 20, segundo párrafo del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, y con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo quinto y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, fracción III de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 4, fracción II del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 28, párrafos décimo quinto y vigésimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Instituto) es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los términos que fijen las leyes, independiente en sus decisiones y funcionamiento;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 (PEF 2019), en el segundo párrafo de su artículo 20, dispone que los entes autónomos deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil de febrero, la estructura ocupacional que contenga la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, incluyendo plazas eventuales y contratos bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiquen todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorguen, así como la totalidad de las plazas vacantes con que cuenten a dicha fecha;

Que en el Anexo 1 del PEF 2019, en lo relativo a Ramos Autónomos, se estableció para el Ramo 43 correspondiente al Instituto, un gasto programable de $ 1,500,000,000 (unos mil quinientos millones de pesos 00/100 M.N.), de los cuales, conforme lo señalado en el Tomo II del PEF 2019, $ 939,100,000 (novecientos treinta y nueve millones cien mil pesos 00/100 M.N.) corresponden al capítulo de servicios personales, y

Que el Anexo 23.12.1 denominado "LÍMITES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA TOTAL EN EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES (NETOS MENSUALES) (pesos)", incluido en el Anexo 23.12. INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES del PEF 2019, dispone, en sus dos últimos párrafos, lo siguiente:

"Para el año 2019, las remuneraciones de los servidores públicos de mando del Instituto Federal de Telecomunicaciones, serán determinadas por parte del órgano de gobierno, del órgano de dirección o la instancia correspondiente, las cuales serán siempre inferiores a la fijada para el cargo de Presidente de la República en este mismo año de 2019", y

"De conformidad con lo preceptuado en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la remuneración mayor es la asignada al Presidente de la República. En los términos del presente presupuesto, esta remuneración está cifrada en la cantidad total anual neta de $1,663,050.00 pesos (un millón seiscientos sesenta y tres mil cincuenta pesos)".

Que el Anexo 23.12.2 denominado "REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL DEL COMISIONADO PRESIDENTE DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES (pesos)", incluido en el Anexo 23.12. INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES del PEF 2019, establece:

"De conformidad con lo preceptuado en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la remuneración mayor es la asignada al Presidente de la República. En los términos del presente presupuesto, esta remuneración está cifrada en la cantidad total anual neta de $1,663,050 pesos (un millón seiscientos sesenta y tres mil cincuenta pesos)", y

"Para el año de 2019, la remuneración de la máxima representación del Instituto Federal de Telecomunicaciones, será determinada por parte del órgano de gobierno, del órgano de dirección o la instancia correspondiente, la cual no podrá ser superior a la fijada para el cargo de Presidente de la República en este mismo año de 2019".

Que el Pleno del Instituto, en cumplimiento de los anexos 23.12.1 y 23.12.2 del PEF 2019, y sin que implique consentimiento expreso, tácito o reconocimiento alguno de la validez legal o constitucional del alcance y contenido de las previsiones señaladas en los referidos anexos 23.12.1 y 23.12.2 del PEF 2019, emitió en su II Sesión Extraordinaria celebrada el 11 de enero de 2019, el "ACUERDO DEL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES POR EL QUE SE DETERMINAN LOS LÍMITES DE PERCEPCIÓN, ORDINARIA TOTAL DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE MANDO EN EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, Y LA REMUNERACIÓN TOTAL ANUAL DEL COMISIONADO PRESIDENTE DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019."

Que de conformidad con el artículo 5, fracción I, inciso b) de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Instituto, atendiendo a su naturaleza jurídica, está facultado para ejercer su presupuesto observando lo dispuesto en la propia ley, sin sujetarse a las disposiciones generales emitidas por la Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. Dicho ejercicio deberá realizarse con base en los principios de eficiencia, eficacia y transparencia y estará sujeto a la normatividad, la evaluación y el control de los órganos correspondientes;

Que el Pleno del Instituto en su Quinta Sesión Ordinaria celebrada el 20 de febrero de 2019, aprobó el "ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EXPIDE EL MANUAL DE REMUNERACIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019", asignando para tal efecto el Acuerdo P/IFT/20019/72.

Que para dar adecuada observancia a lo dispuesto en el artículo 20, segundo párrafo, del PEF 2019, la Unidad de Administración, a través de su Dirección General de Gestión de Talento, en ejercicio de las atribuciones previstas en los artículos 57 y 58 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, elaboró:

  1. La estructura ocupacional con la desagregación de su plantilla total de plazas de estructura, en la que se identifican todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorgan con base en las disposiciones emitidas, así como la totalidad de las plazas vacantes con que se cuenta.

  2. La estructura ocupacional con la desagregación de su plantilla total de plazas eventuales, en la que se identifican todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorgan con base en las disposiciones emitidas, así como la totalidad de las plazas eventuales con que se cuenta.

  3. La relación de contrataciones bajo el régimen de honorarios vigentes, en el que se identifican todos los conceptos de pago que se otorgan con base en las disposiciones emitidas.

La información referida en los puntos anteriores se agrega al presente Acuerdo como Anexo 1, Anexo 2 y Anexo 3 y forman parte integrante del mismo.

Por lo expuesto, y sin que implique consentimiento expreso, tácito o reconocimiento alguno de la validez legal o constitucional del alcance y contenido de las previsiones señaladas en los anexos 23.12.1 y 23.12.2 del PEF 2019, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

Primero. Se autoriza la estructura ocupacional del Instituto Federal de Telecomunicaciones para el ejercicio fiscal 2019, referida en los Anexos de este Acuerdo.

Segundo. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 20 de febrero de 2019.- El Comisionado Presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones, Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar.- Rúbrica.

ANEXO 1 ESTRUCTURA OCUPACIONAL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

Con fundamento en lo establecido en los artículos 3, segundo y tercer párrafo, 5, fracción I, inciso b) y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 57 y 58, fracción IV del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, se expide el 20 de febrero de 2019, la estructura ocupacional que contiene la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, en el que se identifican todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorgan con base en las disposiciones emitidas, así como la totalidad de las plazas vacantes con que se cuenta, para dar adecuada observancia a lo dispuesto en el artículo 20, segundo párrafo, del PEF 2019, con corte al 16 de febrero de 2019.

ESTRUCTURA OCUPACIONAL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019
Grupo Jerárquico
Grado
Nivel
Clave
No. de Plazas
CONCEPTOS DE PAGO Y APORTACIONES (MENSUALES)
COSTO ANUAL
Ocupadas
Vacantes
Totales
Sueldo
Base
Compensación
Garantizada
Ayuda para
Despensa
Vales de
Despensa
Prima
Vacacional
Prima
Quinquenal
1)
40 días
Aguinaldo
sobre
Sueldo Base
40 días Aguinaldo
sobre
Compensación
Garantizada 2)
Seguro de
Vida
Institucional
Aportaciones
al ISSSTE
Fondo de
la
Vivienda
Seguro
Colectivo
de Retiro
Sis...

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