Acuerdo mediante el cual el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el Análisis para la Identificación y Transparencia del Beneficiario Final en México y aprueba los Principios para la Identificación y Transparencia del Beneficiario Final para el Combate a la Corrupción en México.

EmisorSECRETARIA EJECUTIVA DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCION
Fecha de disposición23 Octubre 2018
Fecha de publicación23 Octubre 2018
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción. El Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, con fundamento en los artículos 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 8, 9, fracciones VII y IX, así como 35, fracción II de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, y

CONSIDERANDO

Que la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción es de orden público, de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para el funcionamiento del Sistema Nacional previsto en el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las autoridades competentes prevengan, investiguen y sancionen las faltas administrativas y los hechos de corrupción;

Que el Comité Coordinador de dicho Sistema Nacional tiene la facultad de determinar e instrumentar los mecanismos, bases y principios para la coordinación con las autoridades de fiscalización, control y de prevención y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan;

Que con el objeto de garantizar la adopción de medidas dirigidas al fortalecimiento institucional para la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como para mejorar el desempeño del control interno, el Comité Coordinador también tiene la facultad de emitir recomendaciones públicas no vinculantes ante las autoridades respectivas y les dará seguimiento en términos de esta Ley;

Que de acuerdo con diversos organismos internacionales, incluido el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), la lucha contra la corrupción está íntimamente vinculada con la lucha contra las operaciones con recursos de procedencia ilícita, ya que la corrupción puede ser el delito subyacente al lavado de dinero, es decir, el delito por medio del cual se obtienen los recursos ilícitos que posteriormente se pretendan blanquear, y

Que para prevenir y detectar los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, el GAFI, y otros organismos multilaterales, han insistido en que los países deben adoptar medidas tendientes a evitar el uso de esquemas jurídicos para ocultar la verdadera identidad de los delincuentes, así como el origen y destino de los...

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