Acuerdo mediante el cual se delega al Jefe de la Unidad de Finanzas y Administración del Centro Nacional de Control del Gas Natural la facultad que se indica

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EmisorCentro Nacional de Control del Gas Natural

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Centro Nacional de Control del Gas Natural.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DELEGA AL JEFE DE LA UNIDAD DE FINANZAS Y ADMINISTRACION DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DEL GAS NATURAL LA FACULTAD QUE SE INDICA.

DAVID MADERO SUÁREZ, Director General del Centro Nacional de Control del Gas Natural (CENAGAS), organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 45 de la Ley Orgánica de Administración Pública Federal; 22, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;148 de su Reglamento y 22 fracción II, del Estatuto Orgánico de Centro Nacional de Control del Gas Natural.

CONSIDERANDO

Que el CENAGAS es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal y está encargado de la gestión, administración y operación del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural, a que se refieren los artículos 65 y 66 de la Ley de Hidrocarburos, y tiene por objeto garantizar la continuidad y seguridad en la prestación de los servicios en ese Sistema para contribuir con el abastecimiento del suministro de dicho energético en territorio nacional.

Que, para el cumplimiento de su objeto, CENAGAS requiere de la celebración de contratos de arrendamiento, prestación de servicios de cualquier naturaleza, así como la contratación de obra pública que se realice con cargo a los recursos económicos de Gobierno Federal. Dichos contratos se asignarán a través de contrataciones con terceros o terceros especializados, así como de los procedimientos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias.

Que, en ocasiones, las contrataciones aludidas deben hacerse afectando el presupuesto de varios ejercicios fiscales, ya sea porque representan ventajas económicas o porque al hacerse de manera plurianual, permiten que sus términos o condiciones sean más favorables para CENAGAS.

Que las entidades pueden celebrar contratos plurianuales, debiendo sujetarse a la autorización de su titular de conformidad con los artículos 50 de la Ley Federal de...

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