Acuerdo mediante el cual se delega en el titular de la Dirección de Administración, así como a las personas titulares de las Delegaciones y Unidades Médicas de Alta Especialidad, en su ámbito de competencia, la facultad de autorizar los convenios a que se refiere el Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias que se susciten con los particulares

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EmisorInstituto Mexicano del Seguro Social

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Mexicano del Seguro Social. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, con fundamento en los artículos 256 y 268, fracción VIII, de la Ley del Seguro Social; 5o. y 59, fracción XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 66, fracción XVI, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como Décimo Tercero del Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias que se susciten con los particulares', y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 contempla como una de sus líneas de acción dentro de la Meta Nacional "México en Paz", la de "Fortalecer el establecimiento en todo el país de los medios alternativos de solución de controversias";

Que con el propósito de alcanzar una justicia expedita que resuelva los conflictos del Instituto con la ciudadanía de manera pronta, completa e imparcial, el Instituto Mexicano del Seguro Social está comprometido en impulsar la conciliación, el convenio o los acuerdos que las leyes establecen como medios alternativos de solución de controversias, en aquellos casos en que se presenten elementos valorativos objetivos que pronostiquen un resultado adverso en un litigio o controversia y que, a la luz de un análisis del costo-beneficio y de riesgos predecibles, permitan establecer las mejores condiciones para el Estado y, con ello, evitar erogaciones mayores al erario federal;

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo Décimo Tercero del Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias que se susciten con los particulares', corresponde al Director General autorizar los convenios que suscriba el Instituto para poner fin a los procedimientos administrativos o jurisdiccionales;

Que para lograr una mayor eficiencia en la administración del Seguro Social y en el despacho de los asuntos de su competencia, el Instituto cuenta con órganos de operación...

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