Acuerdo mediante el cual se delegan a servidores públicos de la Secretaría de Economía las facultades que se indican

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Economía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 14, 16 y 34, fracción XII bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15, 16 y 16 A de la Ley de Inversión Extranjera; 4, 5, fracción XVI, 20, fracción XXXVII y 42, fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que los titulares de las Secretarías de Estado para la mejor administración y organización del trabajo podrán delegar facultades en los servidores públicos de la Secretaría a su cargo, salvo aquellas que por disposición de ley o reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas por sus titulares;

Que el 15 de diciembre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y de la Ley para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, el cual establece que corresponderá a la Secretaría de Economía la autorización de uso o cambio de las denominaciones o razones sociales con las que pretendan constituirse las sociedades y asociaciones, específicamente con las reformas realizadas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley de Inversión Extranjera;

Que el segundo transitorio del Decreto mencionado establece que en relación con las reformas a la Ley de Inversión Extranjera y a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, las mismas entrarán en vigor en un plazo de seis meses contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 16 de junio de 2012, y

Que con el propósito de dar certeza jurídica a los actos que se emitan en cumplimiento de las atribuciones otorgadas a la Secretaría de Economía y a fin de procurar la mejor organización del trabajo administrativo, se expide el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Se delega en los servidores públicos que a continuación se indican, la facultad de autorizar o, en su caso, rechazar, el uso o cambio de las denominaciones o razones sociales de las asociaciones o sociedades mexicanas, civiles o mercantiles y todas aquellas que conforme a la ley así lo requieran:

  1. Director...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR