Acuerdo mediante el cual se emiten las recomendaciones en materia de acceso a la información y datos personales ante cambios de titulares de Unidad de Transparencia, de Comité de Transparencia y de servidores públicos a cargo del tratamiento de datos personales.
Fecha de disposición | 22 Octubre 2018 |
Fecha de publicación | 22 Octubre 2018 |
Sección | PRIMERA. Organismos Autonomos |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
ACUERDO ACT-PUB/19/09/2018.06
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EMITEN LAS RECOMENDACIONES EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y DATOS PERSONALES ANTE CAMBIOS DE TITULARES DE UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y DE SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
Con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2, fracción VIII; 42, fracción XXI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 29, fracción I y 31, fracción XII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, fracción VI, 83, párrafo segundo, 85 y 89, fracción XIII de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 6, 8, 12, fracción I , XXXV y XXXVII, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI, 24, fracciones II y V del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emite las siguientes:
CONSIDERACIONES
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Que el artículo 42, fracciones V, XX y XXI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley General), establece como atribuciones del Instituto, promover y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información; fomentar los principios de gobierno abierto, transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana; así como emitir recomendaciones a los sujetos obligados para diseñar, implementar y evaluar acciones de apertura gubernamental que permitan orientar las políticas internas en la materia.
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Que el artículo 2, fracción III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley Federal), establece como objetivo de la Ley favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados.
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Que el artículo 35, fracción V de la Ley Federal, establece como atribución del Pleno el establecer lineamientos, instrumentos, objetivos, indicadores, metas, estrategias, códigos de buenas prácticas, modelos y políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir con los objetivos de dicha Ley.
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Que el veintiséis de enero de dos mil diecisiete, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de...
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