Acuerdo mediante el cual se emiten las recomendaciones en materia de acceso a la información y datos personales ante cambios de titulares de Unidad de Transparencia, de Comité de Transparencia y de servidores públicos a cargo del tratamiento de datos personales.

Fecha de disposición22 Octubre 2018
Fecha de publicación22 Octubre 2018
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/19/09/2018.06

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE EMITEN LAS RECOMENDACIONES EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y DATOS PERSONALES ANTE CAMBIOS DE TITULARES DE UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y DE SERVIDORES PÚBLICOS A CARGO DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.

Con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 2, fracción VIII; 42, fracción XXI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 29, fracción I y 31, fracción XII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, fracción VI, 83, párrafo segundo, 85 y 89, fracción XIII de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; 6, 8, 12, fracción I , XXXV y XXXVII, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI, 24, fracciones II y V del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emite las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. Que el artículo 42, fracciones V, XX y XXI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley General), establece como atribuciones del Instituto, promover y difundir el ejercicio del derecho de acceso a la información; fomentar los principios de gobierno abierto, transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana; así como emitir recomendaciones a los sujetos obligados para diseñar, implementar y evaluar acciones de apertura gubernamental que permitan orientar las políticas internas en la materia.

  2. Que el artículo 2, fracción III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley Federal), establece como objetivo de la Ley favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados.

  3. Que el artículo 35, fracción V de la Ley Federal, establece como atribución del Pleno el establecer lineamientos, instrumentos, objetivos, indicadores, metas, estrategias, códigos de buenas prácticas, modelos y políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir con los objetivos de dicha Ley.

  4. Que el veintiséis de enero de dos mil diecisiete, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley General de...

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