Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos para la transferencia de los recursos federales correspondientes al Sistema de Protección Social en Salud

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2015
EmisorSecretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría de Salud. LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, y MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 31, fracción XXV y 39, fracción XXIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 bis 15 de la Ley General de Salud; 1 y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 6 y 7, fracción XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que para el financiamiento del Sistema de Protección Social en Salud, en términos del artículo 77 bis 15, de la Ley General de Salud, el Gobierno Federal transferirá a los gobiernos de las entidades federativas, los recursos que por concepto de cuota social y de aportación solidaria les correspondan, con base en las personas afiliadas, que no gocen de los beneficios de las instituciones de seguridad social, validados por la Secretaría de Salud;

Que así mismo, las entidades federativas deben contribuir al Sistema mediante las aportaciones a que se refiere el artículo 77 bis 13, fracción I, de la Ley General de Salud;

Que la Secretaría de Salud, en términos del segundo párrafo del artículo 97 y 109 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, tomando como base el cálculo de las aportaciones solidarias y cuota social a que se refieren los párrafos anteriores, debe transferir o entregar a las entidades federativas la cuota social y la aportación solidaria federal, una vez descontados los porcentajes que corresponden a los fondos de Protección contra Gastos Catastróficos y de la Previsión Presupuestal;

Que la transferencia o entrega de los recursos a que se refiere el párrafo anterior, podrá realizarse en numerario directamente a las entidades federativas, en numerario mediante depósitos en las cuentas que constituyan los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud en la Tesorería de la Federación o en especie, conforme a los lineamientos que para tal efecto emitan la Secretaría de Salud y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

Que en virtud de lo anterior, en ejercicio de las atribuciones que nos confieren las disposiciones jurídicas aplicables en el ámbito de nuestras respectivas competencias, hemos tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS FEDERALES CORRESPONDIENTES AL SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD

Sección I

Objeto, Ámbito de Aplicación y Definiciones

Primero. El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos para la transferencia de recursos federales para el Sistema de Protección Social en Salud, que por concepto de cuota social y aportación solidaria federal le corresponden a las Entidades Federativas, con base en las personas afiliadas que no gocen de los beneficios de las instituciones de seguridad social.

Segundo. El presente Acuerdo será obligatorio para la Secretaría de Salud, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las Entidades Federativas en el ámbito de sus respectivas competencias.

Tercero. Para efectos de este Acuerdo, se entenderá en plural o singular, por:

  1. Comisión: La Comisión Nacional de Protección Social en Salud;

  2. Entidades Federativas: Los estados de la Federación y el Distrito Federal;

  3. Ley: La Ley General de Salud;

  4. PEF: El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda;

  5. Recursos Federales: Los recursos que el Gobierno Federal transfiere o entrega a las Entidades Federativas por concepto de cuota social y aportación solidaria federal a que se refieren los artículos 77 bis 12 y 77 bis 13, fracción II, de la Ley;

  6. Reglamento: El Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud;

  7. REPSS: El Régimen Estatal de...

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