Acuerdo mediante el cual se habilitan días en el Centro Nacional de Control de Energía para el periodo del 26 al 29 de diciembre de dos mil diecisiete.

Fecha de disposición22 Diciembre 2017
Fecha de publicación22 Diciembre 2017
EmisorCENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Centro Nacional de Control de Energía. EDUARDO MERAZ ATECA, Director General del Centro Nacional de Control de Energía, con fundamento en los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo sexto, 28, párrafos cuarto y quinto, 49, párrafo primero y 90, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., párrafos primero y tercero, 3o., párrafo primero, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., párrafo primero, 2o., 14, párrafo primero, fracción I, 15, párrafo antepenúltimo, 22, párrafo primero, fracción I y 59, párrafo primero, fracciones I y V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 y 28, párrafos primero y cuarto de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; PRIMERO, párrafo primero, SEXTO, VIGÉSIMO PRIMERO, párrafo primero, fracción I y VIGÉSIMO CUARTO del Decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control de Energía, y 1o., párrafo primero y 3o., párrafo primero, apartado A, fracción II del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía.

CONSIDERANDO

Que el veintisiete de diciembre de dos mil dieciséis, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se determinan los días de suspensión de labores de las Unidades Administrativas del Centro Nacional de Control de Energía para el año 2017, en el cual se establece que los días del 26 al 29 de diciembre de 2017 no se comprenderán como hábiles;

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece en su artículo 28 que las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles y que la autoridad podrá, de oficio o a petición de la parte interesada, habilitar días inhábiles, cuando así lo requiera el asunto;

Que en virtud de que resulta necesario hacer frente a las obligaciones contractuales suscritas por las Unidades Administrativas del Centro Nacional de Control de Energía al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y/o la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y

Que para dotar de certeza jurídica los actos comprendidos del 26 al 29 de diciembre de 2017, es necesario hacer del conocimiento público la habilitación de días inhábiles, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO. Se habilitan los días del 26 al 29 de diciembre de 2017, de las 9:00 a las 18:00 horas, para los...

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