Acuerdo mediante el cual se instrumenta el Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Vegetal en los términos del artículo 46 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal y se establecen las medidas fitosanitarias para controlar y erradicar el brote de mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied.) en el Municipio de Manzanillo, Colima, así como para evitar su dispersión.

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EmisorSecretaria de Agricultura y Desarrollo Rural

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11, 12, 14, 17, 35 fracciones IV, XXIII y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o., 3o., 6o., 7o. fracciones I, XIII, XIX, XX, XXI, XXV y XXXII, 19 fracción I, incisos e) y l), 46 y 47 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 1, 3, 4, 131, 132, 133 y 174 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 1, 2, párrafo primero, letra "D", fracción VII, 5, fracción XXII, y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación vigente; 1, 3, 11, fracción III, 15, fracción VII y 28 fracción VI del Reglamento Interior del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, así como lo establecido en los puntos 1, 4.1 especie exótica Mosca del Mediterráneo, 4.6 y 4.7 de la Norma Oficial Mexicana, NOM-076-FITO-1999. Sistema preventivo y dispositivo nacional de emergencia contra las moscas exóticas de la fruta, y

CONSIDERANDO

Que cuando se detecte la presencia de plagas que pongan en situación de emergencia fitosanitaria a una o varias especies vegetales, en todo o en parte del territorio nacional, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) instrumentará el Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Vegetal, que consistirá en la aplicación urgente y coordinada de las medidas fitosanitarias necesarias.

Que para la instrumentación del Dispositivo Nacional de Emergencia, la SADER, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), determinará los insumos fitosanitarios cuya aplicación es la adecuada para el control de la plaga a combatir o erradicar.

Que en situación de emergencia fitosanitaria, la SADER, a través del SENASICA, en coordinación con las instancias correspondientes, aplicará las Medidas Fitosanitarias pertinentes en áreas cultivadas, urbanas y marginales donde la Plaga esté presente.

Que la mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata (Wied.), es una de las plagas no nativas de más alto poder destructivo de la hortofruticultura, lo que ocasiona que se impongan severas restricciones cuarentenarias a la comercialización de más de 250 frutos hospedantes, por lo que el Gobierno Federal ha considerado, de prioridad nacional su prevención, control y erradicación. En consecuencia, la incursión de esta plaga a territorio nacional, es motivo de emergencia fitosanitaria.

Que con fecha 6 de septiembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el ACUERDO por el que se declara como zona libre de mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata (Wied.) a los Estados Unidos Mexicanos. Razón por la cual, SENASICA tiene en operación el Trampeo Preventivo contra Moscas Exóticas de la Fruta en el marco del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria, en apego a los estándares internacionales, para la detección oportuna de dicha plaga.

Que la emisión de la declaratoria y mantenimiento de la zona libre, antes mencionada; impacta positivamente en el país, en más de 1.9 millones de hectáreas de los principales productos hortofrutícolas hospedantes de la plaga, tales como: aguacate, café, calabacita, chile verde, durazno, guayaba, mango, manzana, melón, naranja, papaya, pepino, sandía, tomate rojo y uva; con una producción anual de 21 millones de toneladas y un valor comercial aproximado de 128,680 millones de pesos, de acuerdo al Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, toda vez que la vigilancia fitosanitaria y, en su caso, los planes de emergencia inciden en la nula presencia de plaga.

Que el 24 de abril del 2019, el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria que opera en el estado de Colima, detectó un espécimen macho de la mosca del Mediterráneo en la zona urbana del Puerto de Manzanillo, en el municipio de Manzanillo, Colima, lo cual fue notificado a la Organización Norteamericana de Protección para las Plantas (NAPPO por sus siglas en inglés) y a la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (IPPC por sus siglas en inglés), conforme a los compromisos internacionales adquiridos por México.

Que el 4 de mayo del año en curso, en el trampeo de delimitación instrumentado con motivo de la detección señalada en el considerando anterior, adicionalmente se han detectado 26 especímenes adultos y dos focos larvarios de la...

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