Acuerdo mediante el cual se modifican los diversos ACT-PUB/29/01/ 2020.07, referente al Programa Anual de Verificación y Acompañamiento Institucional para el cumplimiento de las obligaciones en materia de acceso a la información y transparencia por parte de los sujetos obligados del ámbito federal, y ACT-PUB/30/04/2020.04, relativo al periodo de la carga de la información de las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados de la Federación en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia de la Plataforma Nacional, por causa de fuerza mayor.

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EmisorInstituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/30/06/2020.06

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICAN LOS DIVERSOS ACT-PUB/29/01/2020.07, REFERENTE AL PROGRAMA ANUAL DE VERIFICACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO INSTITUCIONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA POR PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL ÁMBITO FEDERAL, Y ACT-PUB/30/04/2020.04, RELATIVO AL PERIODO DE LA CARGA DE LA INFORMACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DE LA FEDERACIÓN EN EL SISTEMA DE PORTALES DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DE LA PLATAFORMA NACIONAL, POR CAUSA DE FUERZA MAYOR.

Con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracciones II, III y VII, 23, 24, fracciones V, VII, VIII, XI, XIII y XIV, 25, 41, fracciones I y XI, 42, fracciones XVII, XVIII y XXII, y 86 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 11 fracciones V, VII, VIII, XI, XIII y XIV, 21, fracciones I, XIX, y XXII, 29, fracción I, 31, fracción XII, 35, fracciones I, V, VII, XI, y XX de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 6, 8, 12, fracciones I, XXXIV y XXXV, 16, fracción VI, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI y 24, fracción XV del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y conforme a las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. Que el Consejo General de Salubridad y la Secretaría Salud han emitido diversos Acuerdos con la finalidad de dictar medidas extraordinarias para atender la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor generada por el virus SARS-CoV2, causante de la enfermedad COVID-19.

  2. Que el 14 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, el cual entró en funcionamiento a partir del 1 de junio de 2020; emitido por la Secretaría de Salud.

  3. Que el 20 de mayo del año en curso, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, dio a conocer el Plan Gradual hacia la Nueva Normalidad (Plan Gradual), el cual define los ejes que guían al proceso de reapertura de actividades en la ciudad capital, basado en el equilibrio de derechos, en especial el derecho a la salud y el derecho al bienestar económico, sin poner en riesgo la salud de las personas. Esta normativa, así como las subsecuentes que se citan son de consideración para la operación de los sujetos obligados federales, en virtud de que la gran mayoría de las oficinas centrales de estos organismos operan en la zona metropolitana de la Ciudad de México, además de que definen las acciones regionales referidas en el considerando precedente.

    El Programa Gradual también establece las reglas para definir la semaforización de la Ciudad de México, definiendo que las actividades de oficina en los organismos gubernamentales se retomarían cuando el semáforo local cambie a color amarillo, estimando que ello podría ocurrir entre los meses agosto y septiembre de 2020.

  4. Que el 29 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, en el que se establece que el Sistema de Alerta Sanitaria consiste en un semáforo de aplicación regional que permite comunicar la magnitud de la transmisión de SARS-CoV-2, la demanda de servicios de salud asociada a esta transmisión y el riesgo de contagios relacionado con la continuidad o reapertura de actividades en cada región; el semáforo se actualizará semanalmente y consta de cuatro niveles de alerta: rojo para alerta máxima, naranja para alerta

    alta, amarillo para alerta...

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