Acuerdo mediante el cual el Pleno autoriza la celebración de sesiones de forma remota en virtud de la contingencia existente en materia de salud y se derogan ciertos artículos de los Lineamientos para el funcionamiento del Pleno.

Fecha de disposición31 Marzo 2020
Fecha de publicación31 Marzo 2020
EmisorCOMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno.- CFCE-089-2020.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE SESIONES DE FORMA REMOTA EN VIRTUD DE LA CONTINGENCIA EXISTENTE EN MATERIA DE SALUD Y SE DEROGAN CIERTOS ARTÍCULOS DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL PLENO.

Ciudad de México, a veintiséis de marzo de dos mil veinte. Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo cuarto, vigésimo y vigésimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 10, 12, fracciones XXIV y XXX, 18 y 19, de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), así como 1, 4, fracción I, 5 fracciones XIV y XXXIX, 6 y 7 del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica (Estatuto), así como al numeral Primero del Acuerdo de diecinueve de marzo del año en curso mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica (Comisión), el Pleno de la Comisión, en sesión ordinaria celebrada hoy, manifiesta su conformidad para la emisión del presente y en consecuencia,

ACUERDA:

Primero. Debido a la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) reconocido como una enfermedad grave de atención prioritaria, y durante el tiempo que continúe la misma, en atención a las medidas preventivas para la mitigación y control de riesgos para la salud que implica el virus COVID-19, y en aras de prevenir contagios entre el personal de la Comisión y de la población en general, en lo concerniente al funcionamiento del Pleno, se autoriza la realización de las sesiones plenarias de manera remota por medios electrónicos.

Lo anterior toda vez que esta Comisión tiene acceso a herramientas informáticas que permiten la realización de las sesiones de forma remota y que garantizan la identidad de las personas y la...

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