Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica, adiciona y deroga sus normas en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios.

Fecha de disposición21 Julio 2017
Fecha de publicación21 Julio 2017
EmisorINSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
SecciónQUINTA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES MODIFICA, ADICIONA Y DEROGA SUS NORMAS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS.

ANTECEDENTES

  1. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Instituto o IFT) publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de marzo de 2014 las "NORMAS en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto Federal de Telecomunicaciones" (en adelante las Normas), las cuales entraron el vigor al día siguiente de su publicación, y cuyo artículo Quinto Transitorio dispuso que los Lineamientos a que hacen referencia las Normas deberían ser emitidos en un plazo no mayor a treinta días naturales contados a partir de la fecha de publicación de las Normas.

  2. En cumplimiento al artículo Quinto Transitorio de las Normas, el Pleno del Instituto aprobó el 26 de marzo de 2014 los "LINEAMIENTOS en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Instituto Federal de Telecomunicaciones", (en adelante los Lineamientos), y que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de 2014, y cuyo artículo Quinto Transitorio dispuso que las Políticas y Bases, que contendrán, entre otras, disposiciones en las materias del método de evaluación de Puntos y Porcentajes, así como garantías, serían emitidas por el Presidente del Instituto en un plazo no mayor a cuarenta días naturales contados a partir de la fecha de publicación de los Lineamientos.

  3. Acorde con lo dispuesto en el artículo Quinto Transitorio de los Lineamientos, el 14 de mayo de 2014 el Presidente del Instituto emitió las políticas y bases en materia de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios de cualquier naturaleza del Instituto Federal de Telecomunicaciones (en adelante las POBAS), y cuyo resumen con los datos de identificación la dirección electrónica de consulta fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2014, entrando en vigor al día siguiente.

En virtud de los Antecedentes y

CONSIDERANDO

Que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, entre otros, la Federación, los Estados y Municipios, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes y que cuando las licitaciones no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado;

Que el artículo 1º., segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, reglamentaria del artículo 134 constitucional, dispone que las personas de derecho público de carácter federal con autonomía derivada de la Constitución, como lo es el IFT en términos del artículo 28 constitucional, aplicarán los criterios y procedimientos previstos en dicha Ley, sólo en lo no previsto en los ordenamientos que los rigen y siempre que no se contrapongan con los mismos, sujetándose a sus propios órganos de control;

Que las Normas, los Lineamientos y las POBAS conforman el régimen específico del Instituto en materia de adquisiciones...

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