Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite los Lineamientos para el otorgamiento de la Constancia de Autorización, para el uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso secundario.

Fecha de disposición23 Abril 2018
Fecha de publicación23 Abril 2018
EmisorINSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EMITE LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CONSTANCIA DE AUTORIZACIÓN, PARA EL USO Y APROVECHAMIENTO DE BANDAS DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO PARA USO SECUNDARIO.

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 11 de junio de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones", mediante el cual se creó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Instituto) como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

  2. Con fecha 14 de julio de 2014, se publicó en el DOF el "Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión", mismo que de conformidad con el artículo Primero Transitorio, entró en vigor el 13 de agosto de 2014.

  3. Con fecha 5 de abril de 2017, mediante Acuerdo P/IFT/050417/174 del Pleno de este Instituto, se aprobó someter a consulta pública el "Anteproyecto de los LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA CONSTANCIA DE AUTORIZACIÓN RESPECTO AL USO Y APROVECHAMIENTO DE BANDAS DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO PARA USO SECUNDARIO, Y PERMITE QUE LOS DISPOSITIVOS DE RADIOCOMUNICACIÓN DE CORTO ALCANCE HAGAN USO DE BANDAS DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO".

  4. Del 17 de abril al 30 de mayo del 2017, se llevó a cabo la consulta pública, con el fin de transparentar y propiciar la participación ciudadana para dicho proceso, recibiéndose diversos comentarios, opiniones y propuestas relacionadas con el Anteproyecto, los cuales se encuentran publicados en el portal de Internet del Instituto.

  5. Concluido el plazo de la consulta pública, se analizaron los comentarios, opiniones y propuestas, siendo incorporados a los lineamientos aquellos que se consideraron procedentes. En virtud de lo anterior, con fecha 19 de febrero de 2018, la Coordinación General de Mejora Regulatoria del Instituto, mediante oficio IFT/211/CGMR/029/2018 emitió el dictamen de análisis de impacto regulatorio.

    En virtud de los antecedentes señalados y,

    CONSIDERANDO

    PRIMERO. Competencia. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6o. y 28 párrafos décimo sexto, décimo séptimo, décimo octavo y vigésimo primero fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución); 1, 2, 7, 15, fracciones I, LVI y LVII, y 17, fracción I de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR o Ley); 1, 4, fracción I, 6, fracciones I, XVIII y XXXVIII, 8, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, el Instituto es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones. Para tal efecto, tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales.

    Asimismo, el Instituto es la autoridad en materia de competencia económica en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión, en los que ejerce de forma exclusiva las facultades que el artículo 28 de la Constitución y las leyes establecen para la Comisión Federal de Competencia Económica.

    En ese sentido, el Pleno del Instituto resulta competente para emitir disposiciones administrativas de carácter general para el cumplimiento de sus funciones de regulación, promoción, supervisión y administración del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, previa consulta pública y en atención a los principios de transparencia y participación ciudadana, para emitir los presentes Lineamientos.

    SEGUNDO. Solicitudes de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico destinadas al uso en eventos específicos, y actividades comerciales e industriales. Desde su creación, el Instituto ha recibido diversas solicitudes para el uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para realizar eventos específicos, desarrollar y operar ciertas actividades comerciales e industriales bajo la premisa de satisfacer necesidades de radiocomunicaciones específicas, que no pretenden prestar servicios de telecomunicaciones con fines comerciales, por lo que requieren de un adecuado análisis de procedencia y transparencia para la asignación de dicho espectro.

    De forma particular, las solicitudes mencionadas se pueden clasificar de la siguiente manera:

    1. Eventos específicos.

      El uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico se requiere para la organización y desarrollo de eventos específicos de índole artística, cultural, deportiva y social, entre otros, que de manera temporal y periódica se celebren en nuestro país, los cuales pueden llegar a ser de tal relevancia como los eventos automovilísticos de Fórmula 1, los partidos organizados por la National Football League (NFL) o la National Basketball Association (NBA), ambos de los Estados Unidos de América, o los mundiales de fútbol llevados a cabo por la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA).

      Las características a considerar de estos eventos específicos, es que se trata de acontecimientos públicos previamente programados y de corta duración, los cuales se realizan dentro de áreas geográficas determinadas y delimitadas, por lo tanto, no necesitan de una cobertura por región o localidad para su operación, organización y desarrollo, a diferencia de las bandas de frecuencias de uso determinado destinadas a prestar servicios públicos de telecomunicaciones o de radiodifusión.

      En ese sentido, se debe considerar además que la demanda de uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico actualmente es tan diversa que no puede ser satisfecha por concesionarios o autorizados que ofrezcan integralmente el servicio y los equipos requeridos, o en su caso, que los solicitantes puedan arrendar las bandas de frecuencias necesarias para satisfacer las necesidades de radiocomunicaciones en tales eventos específicos, pues tendrían que contar con una concesión única aun cuando no prestaran ningún tipo de servicio de telecomunicaciones con fines comerciales.

    2. Instalaciones destinadas a actividades comerciales o industriales.

      Impulsadas por la globalización, las actividades comerciales particularmente consisten en el intercambio de mercancías, bienes o servicios; que si bien en ocasiones se producen en un determinado país, se ofrecen a la venta en otro, y se consumen en un tercer país, lo que implica la movilidad de un gran volumen de distintas mercancías en poco tiempo, dentro de espacios físicos determinados, como pueden ser las instalaciones portuarias o destinadas al almacenaje de las mismas y constituyen una actividad económica importante para el desarrollo del país.

      De igual forma, la actividad industrial es de gran importancia, debido al conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad, transformar materias primas en productos elaborados o semielaborados para el consumo y sustento de los consumidores.

      Estos procesos, además de emplear materias primas y recursos para su desarrollo y operación, en algunos casos, requieren de maquinaria y dispositivos de diversa índole, los cuales hacen posible la mejora en la eficiencia y la productividad de los diferentes sectores de la industria, como pueden ser: i) el automotriz, ii) el energético, o iii) el siderúrgico, entre otros, contribuyendo así al desarrollo económico y social del país.

      En ese sentido, para satisfacer necesidades específicas de comunicación, se requiere emplear soluciones tecnológicas particulares que operan en bandas de frecuencias específicas de espectro para ser implementadas en sus procesos productivos, las cuales están orientadas fundamentalmente a resolver problemas de comunicación interna, brindar soluciones portátiles, automatización y monitoreo en tiempo real, para garantizar el funcionamiento correcto de dichos procesos, incluso para salvaguardar la integridad física de los trabajadores, por ejemplo, cuando las labores se realizan de manera subterránea en áreas geográficas de difícil acceso. De igual forma, existen otras actividades comerciales e industriales que tienen la necesidad de implementar dentro de sus instalaciones, sistemas que emplean bandas de frecuencias que son utilizadas para poder cumplir con diversos y específicos fines dentro de sus procesos productivos, empleando para esto, sistemas de radiocomunicaciones con altos estándares de rendimiento, latencia, movilidad, eficiencia y número de dispositivos conectados simultáneamente.

      Al igual que los eventos específicos señalados en el apartado anterior, estas actividades no se encuentran encaminadas a prestar servicios de telecomunicaciones con fines comerciales, puesto que se realizan dentro de áreas geográficas, determinadas y delimitadas, para uso propio, por lo tanto no requieren de una cobertura por región o localidad, además de que en muchos casos, no existe en el mercado un concesionario o autorizado que ofrezca el servicio requerido, o que pueda arrendar las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico necesarias para la realización de éstos; siendo que en este último caso los solicitantes para arrendar espectro de algún concesionario, tienen como requisito legal, el contar con una concesión...

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