Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica los Lineamientos para la Acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones y de radiodifusión, publicado el 20 de febrero de 2017.

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Federal de Telecomunicaciones

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES MODIFICA LOS LINEAMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN DE PERITOS EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y DE RADIODIFUSIÓN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE FEBRERO DE 2017.

ANTECEDENTES

  1. El 11 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo, el "DOF") el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones" (en lo sucesivo, el "Decreto Constitucional"), mediante el cual se creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el "Instituto"), como un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio.

  2. El 14 de julio de 2014 se publicó en el DOF el "Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión" (en lo sucesivo, el "Decreto de Ley"), el cual, en términos de lo dispuesto por su artículo Primero Transitorio, entró en vigor a los treinta días naturales siguientes a su publicación, esto es, el 13 de agosto de 2014.

  3. El 4 de septiembre de 2014, se publicó en el DOF el Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (en lo sucesivo, el "Estatuto Orgánico"), mismo que entró en vigor el 26 de septiembre de 2014; el 20 de julio de 2017 se publicó en el citado medio de difusión oficial su última modificación.

  4. El 20 de febrero de 2017, se publicó en el DOF el "ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos para la Acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión."

  5. El 27 de octubre de 2017, se recibió el oficio CC/IFT/P/2/2017 mediante el cual el Consejo Consultivo del Instituto Federal de Telecomunicaciones remitió las recomendaciones respecto a los lineamientos de mérito.

  6. El 31 de enero de 2018, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones mediante Acuerdo P/IFT/310118/29, aprobó someter a consulta pública el "ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones determina someter a consulta pública el anteproyecto de modificación de los Lineamientos para la Acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones y de radiodifusión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2017", durante un periodo de veinte días hábiles, comprendido del 02 de febrero al 02 de marzo de 2018.

  7. El 22 de marzo de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica los Lineamientos para la acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión. Publicado en el Diario Oficial de la Federación.

  8. Con oficio IFT/211/CGMR/078/2018, de fecha 28 de mayo de 2018, la Coordinación General de Mejora Regulatoria del Instituto emitió opinión no vinculante respecto del Análisis de Impacto Regulatorio.

En atención a los antecedentes anteriores, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Competencia del Instituto. De conformidad con lo establecido en los artículos 28, párrafo décimo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en lo sucesivo, la "Constitución"), así como en los diversos 1, 2, 7 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (en lo sucesivo, "LFTR"), el Instituto en su carácter de órgano autónomo, tiene por objeto regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente y la prestación de los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones mediante la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico y de las redes y el acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, a fin de garantizar lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución, además de ser la autoridad en materia de competencia económica en los sectores antes aludidos.

Asimismo, los artículos 15, fracción I y LVI y 51 de la LFTR, señalan, respectivamente, que el Instituto para el ejercicio de sus atribuciones, podrá emitir disposiciones administrativas de carácter general, planes técnicos fundamentales, lineamientos, modelos de costos, procedimientos de evaluación de la conformidad, procedimientos de homologación y certificación y ordenamientos técnicos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión; así como las demás disposiciones para el cumplimiento de su función regulatoria en el sector de su competencia, para lo cual, deberá realizar consultas públicas bajo los principios de transparencia y participación ciudadana, en los términos que determine el Pleno.

Por lo anterior, el Instituto cuenta con atribuciones para emitir el presente "ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES MODIFICA LOS LINEAMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN DE PERITOS EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y DE RADIODIFUSIÓN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE FEBRERO DE 2017", propuesto por la Unidad de Política Regulatoria, conforme las atribuciones conferidas en los artículos 15 fracción I, XXVI, LVI, 51, 289 y 290 de la LFTR, 21, 22 fracción I y 23 fracción IV del Estatuto Orgánico del Instituto.

SEGUNDO.- De la modificación a los Lineamientos para la Acreditación de Peritos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión. Como se señaló en el Antecedente IV, el 20 de febrero de 2017 se publicaron en el DOF los Lineamientos para la Acreditación de Peritos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, lo anterior derivado de la necesidad de contar con un instrumento normativo que estableciera los requisitos, plazos y procedimientos para la acreditación de peritos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, pues de conformidad con el artículo 289 de la LFTR, los productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones o radiodifusión que puedan ser conectados a una red de telecomunicaciones o hacer uso del espectro radioeléctrico deberán homologarse conforme a las normas o disposiciones técnicas aplicables. Además, el último párrafo del artículo 290 establece que el Instituto está facultado para acreditar peritos en materia de telecomunicaciones y de radiodifusión, como apoyo a los procedimientos de homologación.

Los mencionados lineamientos tuvieron como propósito proveer de certeza jurídica respecto de los requisitos, procedimientos y plazos para obtener la acreditación como perito en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, asegurar altos niveles de competencia técnica en los peritos acreditados por el Instituto y finalmente fortalecer el procedimiento de homologación de productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones o radiodifusión.

Ahora bien, como resultado de la implementación de los Lineamientos que nos ocupan, el Consejo Consultivo del Instituto y la Unidad de Concesiones y Servicios, han expresado la necesidad adecuar plazos y precisar disposiciones con el fin de fortalecer el proceso de Acreditación de Peritos. Derivado de lo anterior, se considera necesario realizar modificaciones a dichos Lineamientos, las cuales reflejen, en su caso, las opiniones recibidas por la Unidad de Política Regulatoria.

Las modificaciones a los Lineamientos para la Acreditación de Peritos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión reflejan adecuaciones a los plazos del proceso de acreditación a efectos de hacerlo más efectivo, se establece que las diversas etapas para la acreditación pudieran realizarse de manera electrónica a fin de optimizar la misma; así como se establece el cese de Acreditaciones Honoris Causa.

TERCERO.- Consulta pública. Con fundamento en lo establecido en el artículo 51 de la LFTR, el Instituto sometió a consulta pública bajo los principios de transparencia y participación ciudadana, el "ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES MODIFICA LOS LINEAMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN DE PERITOS EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y DE RADIODIFUSIÓN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE FEBRERO DE 2017", durante un periodo de 20 días hábiles, comprendido del 02 de febrero al 02 de marzo de 2018.

Durante la consulta pública de mérito, se recibieron 14 participaciones en total, 5 de personas morales y 9 de personas físicas, dichas participaciones se centraron fundamentalmente en precisiones de carácter técnico respecto de los procedimientos de acreditación, revalidación, y acreditación de Perito Honoris Causa, así como a los métodos de evaluación de dichos procedimientos. Las participaciones, así como las respuestas emitidas a los comentarios, se encuentran disponibles y publicados en el portal de Internet del Instituto.

Por lo anterior, el proyecto ha sido fortalecido mediante la valoración de los comentarios recibidos durante la consulta pública, generando con ello, un documento más robusto y eficiente que busca brindar una cobertura óptima a las necesidades y sugerencias en beneficio de todo el sector.

Es relevante mencionar que, como resultado de la experiencia del primer ejercicio de acreditación de Peritos realizado en el año 2017, la Unidad de Concesiones y Servicios expresó a la Unidad de Política Regulatoria la necesidad de adecuar plazos con el fin de mejorar el proceso de Acreditación de Peritos. A su vez, el Consejo Consultivo del Instituto expresó la necesidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR