Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica las Disposiciones por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Fecha de disposición21 Noviembre 2018
Fecha de publicación21 Noviembre 2018
EmisorINSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES MODIFICA LAS "DISPOSICIONES POR LAS QUE SE ESTABLECE EL SISTEMA DE SERVICIO PROFESIONAL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES".

CONSIDERANDO

  1. Que el 25 de febrero de 2015, el Pleno del Instituto emitió las "DISPOSICIONES por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional del Instituto Federal de Telecomunicaciones" (en adelante, Disposiciones), mismas que tienen por objeto, entre otros, regular y establecer los procedimientos para el Ingreso, la Formación y Desarrollo de Personal; la Administración del Desempeño y Otorgamiento de Estímulos; las Medidas Disciplinarias Laborales y todos aquellos elementos necesarios para la operación, planeación y organización del servicio profesional y la gestión del talento en sus diferentes grupos de puestos;

  2. Que el artículo 5, fracción I, de las Disposiciones establece como Personal de Libre Designación a aquel que presta sus servicios en los Gabinetes de Apoyo de Comisionado; el Coordinador Ejecutivo y los servidores públicos que tenga adscritos; los Titulares de Unidad; los Coordinadores Generales; el Titular del Centro de Estudios; el Secretario Técnico del Pleno; los Directores Generales; Directores Generales Adjuntos considerados en la fracción X del artículo 4 del Estatuto Orgánico del Instituto, así como el personal adscrito a la Autoridad Investigadora y el Órgano Interno de Control;

  3. Que en términos del artículo 25 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), el Pleno nombrará a su Secretario Técnico a propuesta del Comisionado Presidente, quien fungirá como enlace para mejor proveer en la comunicación y colaboración entre las unidades del Instituto, y entre éstas con los Comisionados y el Comisionado Presidente;

  4. Que el artículo 16 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones establece que además de las funciones previstas en la LFTR, corresponden al Secretario Técnico del Pleno, entre otras, organizar y resguardar el archivo del Pleno, así como su digitalización y el control de los servicios de consulta interna a sus expedientes, coordinando la clasificación de los acuerdos y resoluciones con las unidades que correspondan; proporcionar a los Comisionados la información que le sea solicitada para el ejercicio de sus funciones; llevar el seguimiento sistemático de las...

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