Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración, publicado el 11 de mayo de 2018.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Agosto de 2019
EdiciónMatutina
EmisorInstituto Federal de Telecomunicaciones

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES MODIFICA EL PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 11 DE MAYO DE 2018.

ANTECEDENTES

  1. El 21 de junio de 1996 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (el "DOF"), el Plan Técnico Fundamental de Numeración (el "PTFN de 1996").

  2. El 11 de junio de 2013 se publicó en el DOF el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6, 7, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones", mediante el cual se creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (el "Instituto"), como un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones conforme a lo dispuesto por la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (la "Constitución") y en los términos que fijen las leyes, teniendo a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Constitución.

  3. El 14 de julio de 2014, se publicó en el DOF el "Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión" (la "Ley"), mismo que en términos de lo dispuesto por su artículo Primero Transitorio, entró en vigor a los 30 (treinta) días naturales posteriores a su publicación, es decir, el 13 de agosto de 2014.

  4. El 4 de septiembre de 2014 se publicó en el DOF el "Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones" (el "Estatuto Orgánico"), mismo que entró en vigor el 26 de septiembre de 2014 y cuya modificación más reciente se publicó en el DOF el 7 de diciembre de 2018.

  5. Del 1 de julio al 11 de agosto de 2016, el Instituto sometió a consulta pública en su portal de Internet el "Anteproyecto de Planes Técnicos Fundamentales de Numeración y de Señalización y la consecuente modificación a las Reglas de Portabilidad Numérica" (la "Primera Consulta Pública").

  6. Como resultado de la primera Consulta Pública, el 11 de mayo de 2018, se publicó en el DOF el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba y emite el Plan Técnico Fundamental de Numeración, el Plan Técnico Fundamental de Señalización y la modificación a las Reglas de Portabilidad Numérica, publicadas el 12 de noviembre de 2014" (el "nuevo PTFN" y el "nuevo PTFS" respectivamente).

  7. El 8 de noviembre de 2017, se publicó en el DOF el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba y emite los Lineamientos de Consulta Pública y Análisis de Impacto Regulatorio del Instituto Federal de Telecomunicaciones (los "Lineamientos de Consulta Pública").

  8. El 12 de diciembre de 2018, mediante Acuerdo P/IFT/121218/916, el Pleno del Instituto aprobó someter a consulta pública el "Anteproyecto de acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica los Planes Técnicos Fundamentales de Numeración y Señalización y lo referente a las Reglas de Portabilidad Numérica, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2018" dicha consulta fue publicada en el portal del Instituto durante el periodo comprendido del 17 de diciembre de 2018 al 29 de enero de 2019 (la "Segunda Consulta Pública").

  9. El 20 de marzo de 2019, se publicó en el DOF el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica los Planes Técnicos Fundamentales de Numeración y Señalización, así como lo referente a las Reglas de Potabilidad Numérica, publicados el 11 de mayo de 2018".

  10. El 5 de junio de 2019, mediante Acuerdo P/IFT/050619/292, el Pleno del Instituto determinó someter a consulta pública el "Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración, publicado el 11 de mayo de 2018", dicha consulta fue publicada en el portal del Instituto durante el periodo comprendido del 6 al 19 de junio de 2019 (la "Tercera Consulta Pública").

CONSIDERANDO

PRIMERO. Competencia del Instituto. De conformidad con lo establecido por el artículo 28, párrafo décimo quinto de la Constitución, el Instituto tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los términos que fijen las leyes.

Para tal efecto, en términos del precepto constitucional invocado, así como de los artículos 1 y 7 de la Ley, el Instituto tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, así como del acceso a la infraestructura activa y pasiva y a otros insumos esenciales, garantizando lo establecido por los artículos 6 y 7 de la Constitución.

De igual forma, la fracción IV del párrafo vigésimo del artículo 28 de la Constitución, señala que el Instituto podrá emitir disposiciones administrativas de carácter general exclusivamente para el cumplimiento de su función regulatoria en el sector de su competencia. En ese sentido, el Pleno del Instituto, conforme a lo establecido por los artículos 15, fracciones I y LVI, 16 y 17 fracción I, de la Ley y 6 fracción XXV, de su Estatuto Orgánico, podrá ordenar la publicación en el DOF de los acuerdos y resoluciones de carácter general que emita y de aquellos en los que así lo determine.

Adicionalmente, el artículo 124 de la Ley faculta al Instituto a elaborar, actualizar y administrar los planes técnicos fundamentales de numeración y señalización, con la finalidad de que sean debidamente aplicados por los Proveedores de Servicio de Telecomunicaciones (los "PST"), siempre en beneficio de los usuarios.

Así también, la fracción I de artículo 124 de la Ley, establece que el Instituto tiene como objetivo promover un amplio desarrollo de nuevos concesionarios, tecnologías, infraestructuras y servicios de...

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