Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite los Lineamientos de emergencia para sustanciar el procedimiento de orientación general a través de medios electrónicos.

Fecha de disposición08 Mayo 2020
Fecha de publicación08 Mayo 2020
EmisorINSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EMITE LOS LINEAMIENTOS DE EMERGENCIA PARA SUSTANCIAR EL PROCEDIMIENTO DE ORIENTACIÓN GENERAL A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS

Antecedentes

  1. El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud calificó al brote del nuevo coronavirus como una "pandemia".

  2. El 23 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia".

  3. El 24 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", que determinó suspender temporalmente las actividades que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a partir de su entrada en vigor y hasta el 19 de abril del 2020, con la salvedad de las funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 y garantizar los derechos humanos de las personas trabajadoras.

  4. El 24 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se sanciona el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)".

  5. Mediante Acuerdo P/IFT/EXT/200320/5, tomado en su IV Sesión Extraordinaria celebrada el veinte de marzo de dos mil veinte, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emitió el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, por causa de fuerza mayor, determina los casos en los que se suspenden los plazos y términos de ley, así como sus excepciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, párrafos segundo y tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 115, segundo párrafo y 121 de la Ley Federal de Competencia Económica, con motivo de las medidas de contingencia del denominado coronavirus COVID-19", mediante el cual, por causas de fuerza mayor, suspendió el cómputo de plazos y términos de ley para trámites, actuaciones, investigaciones y procedimientos en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, del veintitrés de marzo al diecinueve de abril de dos mil veinte y estableció los trámites, servicios, actuaciones y procedimientos exceptuados de la referida suspensión.

  6. Mediante Acuerdo P/IFT/EXT/260320/6, tomado en su V Sesión Extraordinaria celebrada el veintiséis de marzo de dos mil veinte, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emitió el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19 y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", mediante el cual, por causas de fuerza mayor, suspendió labores del treinta de marzo al tres de abril y del trece al diecisiete de abril, todos de dos mil veinte, declaró inhábiles los citados días y determinó las funciones esenciales a cargo del Instituto cuya continuidad deberá garantizarse.

  7. El treinta y uno de marzo de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2", emitido por la Secretaría de Salud, en el que ordenó la suspensión inmediata de las actividades no esenciales del treinta de marzo al treinta de abril de dos mil veinte, con la finalidad de mitigar la...

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