Acuerdo mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica.

Fecha de disposición24 Marzo 2020
Fecha de publicación24 Marzo 2020
MateriaDerecho Público y Administrativo
EmisorCOMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno.- CFCE-084-2020.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO RESUELVE QUE NO CORRERÁN LOS PLAZOS DE ALGUNOS PROCEDIMIENTOS TRAMITADOS ANTE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA

Ciudad de México, a diecinueve de marzo de dos mil veinte. Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo cuarto, vigésimo y vigésimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 12, fracción XXX, 20, fracciones XI y XII, 115, segundo párrafo, y 121 de la Ley Federal de Competencia Económica, así como 1, 3, 4, fracciones I y II, 5 fracción XXXIX, 6, 7, y 12, fracción XXXV, del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica (Estatuto), el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Comisión), en sesión ordinaria celebrada el mismo día, manifiesta su conformidad para la emisión del presente acuerdo.

CONSIDERANDO QUE

  1. En diciembre de dos mil diecinueve en la ciudad de Wuhan de la República Popular China inició un brote de neumonía denominado como la enfermedad por coronavirus COVID-19 que se ha expandido mundialmente y consecuentemente está afectando otros países, entre los que se encuentra México;(1)

  2. La COVID-19 es una enfermedad infecciosa que pone en riesgo la salud y la integridad de la población, en razón de su fácil propagación y sus consecuencias;(2)

  3. Ante los niveles de propagación y gravedad, el once de marzo de dos mil veinte la Organización Mundial de la Salud (OMS), declaró que la COVID-19 es una pandemia;(3)

  4. A fin de procurar la seguridad en la salud de las personas, diversos países, entre ellos México, han adoptado diversas acciones para contener la COVID-19, entre las que se encuentran medidas de higiene, suspensión de actos y eventos masivos, filtros sanitarios en escuelas, centros de trabajo y aeropuertos, así como la suspensión o restricción en la entrada y salida a su territorio o a algunas regiones del mismo;

  5. Mediante comunicado de Prensa número 056/2020 del diecisiete de marzo de dos mil veinte, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación suspendió actividades jurisdiccionales del dieciocho de marzo al diecinueve de abril de dos mil veinte, sumándose a los esfuerzos por limitar la propagación de esta pandemia y proteger el derecho humano a la salud de todas las personas;

  6. Los procedimientos de notificación de concentraciones, opinión sobre bases y...

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