Acuerdo mediante el cual se presenta al Pleno del Instituto, el Código de tica del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Fecha de disposición28 Noviembre 2019
Fecha de publicación28 Noviembre 2019
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/02/10/2019.06

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE PRESENTA AL PLENO DEL INSTITUTO, EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Con fundamento en los artículos 6o, apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XIII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 29, fracción I, 31, fracción XII y 35, fracciones I y V, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 6, 8, 12, fracciones I y XXXV, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI, y 51, fracciones VIII y IX, del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y conforme a las siguientes:

CONSIDERACIONES

  1. Que con la finalidad de establecer las bases de una ética pública, basada en la confianza de la sociedad en sus autoridades, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos personales (INAI o Instituto), emitió el 19 de octubre de 2016 el Código de Ética del Instituto, el cual fue actualizado en el mes de julio de 2018, con el firme compromiso de promover una cultura de respeto a los derechos humanos laborales, mediante la prohibición de toda práctica discriminatoria que tenga por objeto o efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades. Estableciendo con ello parámetros y reglas de conducta basados en los principios y valores que deben guiar el desempeño diario del personal que lo conforma.

  2. Que en el marco de los compromisos internacionales asumidos y ratificados por el Estado mexicano en materia de combate a la corrupción, se crean obligaciones para fomentar y garantizar la integridad en el servicio público, mediante la instauración de Códigos de Ética y de Conducta, para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas.

  3. Que el artículo 8º numerales 1 y 2, de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, de la que el Estado Mexicano forma parte, prevé que: "Con objeto de combatir la corrupción, cada...

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