Acuerdo que modifica el Anexo Único del diverso por el que el Consejo de Salubridad General declara la obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de Cuidados Paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos, publicado el 26 de diciembre de 2014.

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EmisorConsejo de Salubridad General

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos 4o., párrafo cuarto y 73, fracción XVI, Bases 1a. y 3a., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o., fracciones II y XXVII Bis, 4o., fracción II y 17, fracción VI, de la Ley General de Salud; 1, 9, fracciones II y VI, así como 10, fracción VIII, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 4o, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a la protección de la salud, señalando asimismo que la Ley General de Salud definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general;

Que en términos de lo dispuesto en los artículos 73, fracción XVI, Base 1a., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o., fracción II, de la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General tiene el carácter de autoridad sanitaria y sus disposiciones generales son obligatorias para las autoridades administrativas del país;

Que de conformidad con el artículo 5o., de la Ley General de Salud, el Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud;

Que en términos de los artículos 17, fracción VI, de la Ley General de Salud y 9, fracción VI, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, a dicho Consejo le corresponde participar, en el ámbito de su competencia, en la consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud;

Que de acuerdo con las fracciones II y XXVII Bis, del artículo 3o., de la Ley General de Salud, la atención médica y el tratamiento integral del dolor son materias de salubridad general;

Que de conformidad con la fracción IV, del artículo 33, de la Ley General de Salud, las actividades de atención médica paliativas, incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario;

Que en términos de lo dispuesto por la fracción II, del artículo 9, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, el Consejo de Salubridad General está facultado para aprobar los acuerdos necesarios y demás disposiciones generales de observancia obligatoria en el país en materia de salubridad general, dentro del ámbito de su competencia;

Que el 26 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la Obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de Cuidados Paliativos, así como los procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos", cuyo contenido es necesario actualizar conforme a las mejores prácticas clínicas conocidas en la actualidad;

Que en virtud de las anteriores consideraciones, en la 1a. Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2018, el pleno del Consejo de Salubridad General, acordó emitir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO. Se modifica el Anexo Único del Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la Obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de Cuidados Paliativos, así como los Procesos señalados en la Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2014, para quedar en los términos del Anexo Único del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, a los 26 días del mes de junio de 2018.- El Secretario de Salud y Presidente

del Consejo de Salubridad General, José Ramón Narro Robles.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo de Salubridad General, Jesús Ancer Rodríguez.- Rúbrica.

ANEXO ÚNICO

Guía del Manejo Integral de Cuidados Paliativos

México

Autores

Dr. José Ramón Narro Robles
Dr. Jesús Ancer Rodríguez
Dr. Juan García Moreno
Consejo de Salubridad General

EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO PARTICIPANTE

Dr. José Meljem Moctezuma
Dr. Sebastián García Saisó
Dr. Bernardo Villa Cornejo
Dra. Iliana Verónica Cortés Ponce
Subsecretaría de Integración y Desarrollo del
Sector Salud
Secretaría de Salud
Dr. Antelmo Abelardo Meneses García
Dra. Silvia Rosa Allende Pérez
Instituto Nacional de Cancerología
Dr. David Kershenobich Stalnikowitz
Dra. Argelia Lara Solares
Instituto Nacional de Ciencias Médicas y
Nutrición Salvador Zubirán
Dr. Germán Enrique Fajardo Dolci
Dr. Juan Ramón de la Fuente Ramírez
Dra. Mariana Navarro Hernández
Dra. Asunción Álvarez del Río
Dra. Beatriz Vanda Cantón
Universidad Nacional Autónoma de México
Dr. Manuel Hugo Ruíz De Chávez Guerrero
Dra. Elizabeth Rojas Serafín
Lic. Salvador Alcaraz Nava
Comisión Nacional de Bioética
Secretaría de Salud.
Lic. Julio Salvador Sánchez y Tépoz
Lic. Alberto Miguel Guzmán
M. en SP Mónica Grisel Torres Rodríguez
Comisión Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios
Secretaría de Salud.
Dr. Antonio Chemor Ruiz.
Dra. Krisell Aurora MacKenzie Oliveros.
Comisión Nacional de Protección Social en
Salud.
Secretaría de Salud

Dr. José de Jesús Arriaga Dávila
Dra. Ana Carolina Sepúlveda Vildósola
Dra. Norma Magdalena Palacios Jiménez
Dr. José de Jesús Salvador Villafaña Tello
Dra. María Luisa Pérez Carranco
Instituto Mexicano del Seguro Social

AL C. VICEALM. CG DEM. José Manuel Sedas Gutiérrez
Dr. Luis Alberto Bonilla Arcaute
Dra. Eunice Elizabeth Cabriales Amador
Secretaría de Marina
-
Dr. Jorge Guerrero Aguirre
Dra. Royma Sibely Ávila Ramírez
Lic. Maribel Hernández Herrera
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado
Dr. Marco Antonio Navarrete Prida
Dra. Elizabeth Araceli Arteaga Lara
Petróleos Mexicanos
Dr. Román Rosales Avilés
Dr. Ferdinard Recio Solano
Dra. Beatriz Elena Dorsey Rivera
Secretaría de Salud de la Ciudad de México
Lic. Margarita Dávila Robledo
Asociación Mexicana de Tanatología, A.C.
Dr. Mario Alberto Rodríguez Casas
Dr. Ángel Iván Orlando Rubio Gayosso
Dra. María Eugenia Aguilar Nájera
Lic. Héctor Nebot García
Instituto Politécnico Nacional
Dr. Miguel Ángel Celis López
Dra. Zoila Trujillo de los Santos
Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía
Dr. Luis Miguel Gutiérrez Robledo
Dr. Arturo Ávila Ávila
Dr. Eduardo Sosa Tinoco
Instituto Nacional de Geriatría
Lic. Elvia Annayancy Varas García
Mtro. Cándido Pérez Hernández
Early Institute
CAPÍTULO 1 CONTEXTO Y GENERALIDADES DEL MANEJO DEL DOLOR Y CUIDADOS PALIATIVOS.

1. Introducción

1.1. Generalidades de los Cuidados Paliativos en pediatría.

1.2. Generalidades sobre dolor.

1.3. Fases de la evolución de la enfermedad progresiva.

1.4. Criterios de terminalidad.

· Enfermedad oncológica

· Enfermedad no oncológica.

· Enfermedad cardiaca.

· Enfermedad pulmonar.

· Demencia.

· Síndrome de Inmunodeficiencia adquirida.

· Enfermedad renal.

· Esclerosis lateral amiotrófica.

· Enfermedad hepática.

· Enfermedad de Parkinson.

· Poliulcerados con inmovilismos irreversibles.

1.5. Criterios de terminalidad en pacientes pediátricos.

1.6. Futilidad Terapéutica.

1.7. Principio de doble efecto.

1.8. Espiritualidad al final de la vida

1.9. Necesidades espirituales

CAPÍTULO 2 ELEMENTOS MÍNIMOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN MODELO DE ATENCIÓN EN CUIDADOS PALIATIVOS.

2.1 Objetivos específicos del Modelo de Atención Paliativa.

2.2 Requisitos para la implementación del Modelo de Atención Paliativa.

2.3 Organización de los equipos en Cuidados Paliativos por nivel de atención.

2.4 Funciones de los equipos de Cuidados Paliativos.

2.5 Referencia y contra referencia.

2.6 Cuidado del equipo de Cuidados Paliativos.

2.7 Indicadores y estándares en Cuidados Paliativos.

CAPÍTULO 3 MANEJO DE SÍNTOMAS.

3.1 Generalidades.

3.2 Debilidad- Astenia-Fatiga.

3.3 Dolor.

3.3.1 Dolor no relacionado a cáncer.

3.3.2 Dolor relacionado a cáncer.

3.3.3 Dolor no oncológico.

3.3.4 Dolor oncológico.

3.3.5 Evaluación del dolor.

3.3.6 Manejo para el dolor.

3.3.7 Como prescribir un opioide.

3.3.8 Manejo de los efectos secundarios.

3.3.9 Tolerancia y dependencia física.

3.4 Anorexia- Caquexia-Astenia.

3.5 Náusea y vómito.

3.6 Cuidados de la boca.

3.7...

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