Acuerdo por el que se modifica el artículo 2 de las Disposiciones de carácter general a que se refiere la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros en materia de contratos de adhesión, publicidad, estados de cuenta y comprobantes de operación emitidos por las entidades comerciales, publicadas el 27 de mayo de 2008.

EdiciónMatutina
EmisorProcuraduría Federal del Consumidor

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría Federal del Consumidor.- Oficina del C. Procurador.

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 2 DE LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE SE REFIERE LA LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS EN MATERIA DE CONTRATOS DE ADHESIÓN, PUBLICIDAD, ESTADOS DE CUENTA Y COMPROBANTES DE OPERACIÓN EMITIDOS POR LAS ENTIDADES COMERCIALES, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 27 DE MAYO DE 2008.

ROGELIO CERDA PÉREZ, Procurador Federal del Consumidor, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1o., fracción VIII, 20, 24, fracciones I, XV y XXVII; 27, fracciones I, XI y XII; 85, 86, 86 Bis, 86 Ter y 87 Bis, de la Ley Federal de Protección al Consumidor; 41 y 48 del Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor; 8, fracciones III y VIII del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y artículos 11, 12 y 13 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y

CONSIDERANDO

Que la Procuraduría Federal del Consumidor tiene funciones de autoridad administrativa, encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor, así como procurar la equidad y certeza jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Que la Ley Federal de Protección al Consumidor dispone en su artículo 1o. que su objeto es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores, y que entre los principios básicos en las relaciones de consumo se encuentran la protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios; y, la real y efectiva protección al consumidor en las transacciones efectuadas a través del uso de medios convencionales, electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología y la adecuada utilización de los datos aportados.

Que el 15 de junio de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, misma que tiene por objeto regular las Comisiones y Cuotas de Intercambio, así como otros aspectos relacionados con los servicios...

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