Acuerdo que modifica el diverso por el cual se crean seis Comités Técnicos para substanciar los procedimientos administrativos por infracciones al Régimen Disciplinario y por incumplimiento a los requisitos de permanencia.

EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
Fecha de disposición05 Noviembre 2019
Fecha de publicación05 Noviembre 2019
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Policía Federal. EL CONSEJO FEDERAL DE DESARROLLO POLICIAL DE LA POLICÍA FEDERAL, con fundamento en los artículos 21, párrafo noveno y 123, apartado B, fracción XIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 26, fracciones IX, XIV, XXI y XXII, 28 y 30 de la Ley de la Policía Federal; 1 y 197 del Reglamento de la Ley de la Policía Federal; así como 1, 2, 8, 9, 11, 62, 64, fracciones IX, XXXIX y XL, 67, 101 y 253 del Manual del Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Policía Federal es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y entre sus objetivos se encuentra salvaguardar la vida, la integridad, la seguridad y los derechos de las personas, preservar las libertades, el orden y la paz públicos, así como investigar la comisión de delitos bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación, conforme a las disposiciones aplicables, en términos del artículo 2, fracciones I y IV de la Ley de la Policía Federal;

Que de conformidad con el artículo 24 de la Ley de la Policía Federal, el Consejo Federal de Desarrollo Policial, es la instancia colegiada encargada de normar, conocer y resolver toda controversia que se suscite en relación con los procedimientos del Servicio Profesional, el Régimen Disciplinario de la Policía Federal y su Profesionalización;

Que en términos del artículo 26, fracciones IX, XIV y XXI de la Ley de la Policía Federal, el Consejo Federal de Desarrollo Policial, tiene entre sus atribuciones emitir acuerdos de observancia general y obligatoria en materia de desarrollo policial para la exacta aplicación del Servicio Profesional; sustanciar los procedimientos disciplinarios por incumplimiento a los deberes u obligaciones de los integrantes, preservando el derecho a la garantía de audiencia; así como dictar las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos de su competencia;

Que el cinco de abril de dos mil once se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el cual se crean seis Comités Técnicos para substanciar los procedimientos administrativos por infracciones al Régimen Disciplinario y por incumplimiento a los requisitos de permanencia, el cual establece en su artículo 1 que los Comités Técnicos son Áreas Administrativas Auxiliares del Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal, para la substanciación de los procedimientos a cargo del Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal;

Que el artículo 3 del citado...

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