Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la metodología para determinar el estímulo fiscal en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicable a los combustibles que se indican.
Fecha de disposición | 31 Diciembre 2019 |
Fecha de publicación | 31 Diciembre 2019 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Acuerdo 139/2019
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la metodología para determinar el estímulo fiscal en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicable a los combustibles que se indican.
ARTURO HERRERA GUTIÉRREZ, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano de difusión oficial el 3, 10 y 17 de febrero, el 2 de marzo y 29 de noviembre de 2017, así como el 28 de diciembre de 2018, y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano de difusión oficial el 3, 10 y 17 de febrero, el 2 de marzo y 29 de noviembre de 2017, así como el 28 de diciembre de 2018, se ha venido otorgando a los contribuyentes que importen y enajenen gasolinas, diésel y combustibles no fósiles un estímulo fiscal;
Que conforme al Artículo Primero, segundo párrafo, del Decreto mencionado con antelación, el cálculo del estímulo fiscal aplicable a los combustibles automotrices se hará conforme a la metodología que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
Que la metodología antes mencionada se establece en el "Acuerdo por el que se da a conocer la metodología para determinar el estímulo fiscal en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicable a los combustibles que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el...
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