Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 46 fracciones VI y VII de la Ley General de Mejora Regulatoria y 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el 22 de marzo de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Acuerdo por el que se aprueban los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, el Centro Nacional de Metrología, el Consejo de Recursos Minerales, el Fideicomiso de Fomento Minero y la Procuraduría Federal del Consumidor, modificado mediante diversos acuerdos dados a conocer en el mismo órgano informativo oficial y que por virtud de los cuales se denomina actualmente Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico (Acuerdo).

Que dicho Acuerdo tiene como propósito cumplir con las disposiciones vigentes, para hacer eficaz la desregulación de requisitos y plazos relacionados con el establecimiento y operación de las empresas, así como la actualización de los formatos cuyo llenado exigen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Que mediante la modificación al Acuerdo publicada el 12 de agosto de 2011 en el DOF, se reformaron el contenido y homoclave de los formatos indicados en los puntos 1, 2 y 3 de la fracción IX del artículo 1º de dicho Acuerdo, así como la denominación al formato indicado en el punto 2 antes citado.

Que mediante la modificación al referido Acuerdo, publicada el 5 de septiembre de 2012 en el DOF, se reformó la fracción IX del Artículo 1º, a fin de asegurar la congruencia entre la tramitación en línea y la presentación de los trámites en forma física ante la ventanilla de atención al público del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE).

Que el 31 de octubre de 2014, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Derivado de dicha reforma se realizaron ajustes a las obligaciones que tienen los particulares ante el RNIE, por lo que fue necesario adecuar la forma en la que se debían llevar a cabo los trámites ante dicho Registro. Por lo anterior, con el fin de implementar los ajustes antes señalados, mediante la reforma al Acuerdo publicada el 23 de febrero de 2015 en el DOF, se adecuaron los formatos que debían utilizarse para la presentación de trámites ante el RNIE.

Que el 2 de septiembre de 2016, se publicó en el mismo órgano informativo oficial, la Resolución General por la que se determina la actualización del supuesto jurídico para la inscripción, presentación de avisos y cancelación de inscripción ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, mediante la cual, con el objeto de brindar certeza jurídica a los particulares, se determinó el momento en que se actualiza el supuesto jurídico para la inscripción, presentación de avisos y cancelación de inscripción ante dicho Registro.

Que el 3 de mayo de 2019, se publicó en el DOF el Decreto por el que se autoriza la desincorporación...

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