Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en las materias que se indican, publicado el 15 de septiembre de 2020.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis, fracción XLII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 80 y 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria; 111 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 4 y 35 fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 63 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 3o., fracción III y 4o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 23, párrafo segundo y 27 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que los Programas de Mejora Regulatoria son una herramienta prevista en la Ley General de Mejora Regulatoria que tiene por objeto mejorar la regulación vigente e implementar acciones de simplificación de Trámites y Servicios;

Que el 30 de agosto de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se da a conocer la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria como un instrumento programático para articular la política de mejora regulatoria de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal y asegurar el cumplimiento de la Ley General de Mejora Regulatoria, misma que en su Meta 10.3 establece la implementación e institucionalización de los Programas de Mejora Regulatoria;

Que en cumplimiento a la Línea de acción 10.3.1 de la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria expidió los Lineamientos de los Programas de Mejora Regulatoria 2019-2020 de los Sujetos Obligados de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019, en los cuales se establecen los calendarios, mecanismos, formularios e indicadores para la implementación de los Programas de Mejora Regulatoria de los Sujetos Obligados;

Que a fin de contribuir en la simplificación, modernización y la gestión pública transparente de los trámites y servicios, y perseguir con ello el máximo bienestar de la sociedad, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) inscribió en el Programa de Mejora Regulatoria 2019-2020 arriba citado, la acción de simplificación denominada "Mejora de medios digitales", consistente en diseñar y publicar los formatos correspondientes de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios identificados con las Homoclaves SEMARNAT-05-005-A, Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental de Contaminación Atmosférica. Modalidad A, y SEMARNAT-05-007, Estudio justificativo de características especiales para ductos y chimeneas; esto con el objetivo de evitar confusiones a los particulares en la integración de documentación y presentación de los trámites mencionados a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes;

Que además, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales inscribió, en el mencionado Programa de Mejora Regulatoria 2019-2020, la acción de simplificación consistente en "Transformar un Trámite en un Aviso", específicamente el trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-004, Combustión a cielo abierto, a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes;

Que el artículo 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria faculta a las Dependencias del Ejecutivo Federal en su carácter de sujetos obligados de la Administración Pública Federal para llevar a cabo la simplificación administrativa de los trámites y servicios de su competencia, a través de cualquier acción de mejora, mediante Acuerdos Generales que se publiquen en los medios de difusión oficial;

Que conforme lo anterior, el 15 de septiembre de 2020, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el "ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites a cargo de la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes en las materias que se indican"; esto, con la finalidad de facilitar a los particulares el cumplimiento de sus obligaciones ante esta Dependencia del Gobierno Federal, mediante la optimización de la presentación de los trámites SEMARNAT-05-005-A y SEMARNAT-05-007 empleando el formato diseñado para cada uno de ellos, además de facilitar a los particulares la gestión del aviso correspondiente para realizar las actividades previstas en el trámite con Homoclave SEMARNAT-05-004, sin menoscabar con ello la protección del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales;

Que mediante el Artículo Cuarto del Acuerdo referido en el considerando inmediato anterior, el trámite identificado con la Homoclave SEMARNAT-05-004, Combustión a cielo abierto, fue convertido en Aviso, por lo que se puso a disposición del público en general el correo electrónico combustionacieloabierto@semarnat.gob.mx para que los interesados remitieran a la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, el Aviso de mérito; sin embargo, tomando en cuenta que el Aviso en comento puede ingresarse a nivel nacional, ya sea de manera física o vía electrónica, en aquellas entidades federativas en las que se llevará a cabo la combustión a cielo abierto, contar con una sola cuenta de correo electrónico para los efectos antes señalados, puede resultar insuficiente;

Que, por tal motivo, se estima necesario deshabilitar la dirección de correo electrónico señalada en el considerando inmediato anterior y, a efecto de facilitar la presentación del Aviso de mérito, se habilitan 32 direcciones electrónicas nuevas para poder dar atención de forma puntual y oportuna a los interesados;

Que, si bien el Aviso en comento se puede realizar de manera presencial o vía correo electrónico, se estima necesario privilegiar la segunda modalidad de presentación, debido a la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2, mismo que provoca la enfermedad denominada COVID-19; esto, con el objeto de evitar al máximo la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, a fin de resguardar la salud de los servidores públicos y de la ciudadanía, lo cual se resalta en la modificación al Artículo Cuarto contemplada en el presente Acuerdo;

Que las modificaciones y precisiones que se realizan en torno al Artículo Cuarto, no solamente se refieren a los temas que se abordan en los Considerandos precedentes, sino también, en cuanto al procedimiento para llevar a cabo la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR