Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establecen los Lineamientos para la atención de solicitudes, peticiones y promociones presentadas conforme al protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Mexicano de la Propiedad Industrial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. JUAN LOZANO TOVAR, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 5, 8 y 10 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS fracciones I, II y XXVI del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 fracciones I, II y XXVI de su Estatuto Orgánico, y

CONSIDERANDO

Que el 1 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en cuyo artículo 1 se prevé que su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y conforme a su artículo transitorio Primero, ésta entrará en vigor a los 90 días hábiles siguientes a su publicación;

Que es necesario hacer ajustes a las referencias de los artículos que norman el trámite de las solicitudes, peticiones y promociones a las que hace referencia el presente Acuerdo, y, a fin de dar a conocer las modificaciones respectivas, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES, PETICIONES Y PROMOCIONES PRESENTADAS CONFORME AL PROTOCOLO CONCERNIENTE AL ARREGLO DE MADRID RELATIVO AL REGISTRO INTERNACIONAL DE MARCAS, ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

UNICO.- Se reforman los artículos 2, fracción V; 5; 14, párrafos segundo y tercero; 15; 21, 25, 30, 34, párrafo primero y 35, párrafo primero del Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la atención de solicitudes, peticiones y promociones presentadas conforme al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:

Artículo 2

. . .

I a IV.- . . .

V.- Ley: la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial;

VI a XVI. - . . .

Artículo 5

El trámite de las solicitudes, peticiones o promociones relativas al Protocolo que se...

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