Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en el periodo que se indica.

Fecha de disposición17 Abril 2020
Fecha de publicación17 Abril 2020
EmisorINSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. JUAN ALFREDO LOZANO TOVAR, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 365 del Código Federal de Procedimientos Civiles, 1o., 7o., 7 Bis 1, 7 Bis 2 y 184 de la Ley de la Propiedad Industrial; 4o. de su Reglamento; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico, y

CONSIDERANDO

Que en virtud del reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el virus COVID-19 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, el 24 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en el periodo que se indica;

Que conforme a su texto se suspendieron los plazos y no correrían los términos legales en el Instituto del 24 de marzo al 19 de abril de 2020;

Que el pasado 31 de marzo del año en curso, mediante el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, la Secretaría de Salud ordenó a los sectores público, social y privado la suspensión inmediata de las actividades no esenciales, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020;

Que en cumplimiento a lo ordenado por la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial mantendrá la suspensión de los plazos hasta el 30 de abril del año en curso, por lo que no correrán términos legales;

Que a fin de comunicar todo lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS Y NO CORREN TÉRMINOS LEGALES EN EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL EN EL PERIODO QUE SE INDICA

ÚNICO.- Se reforma el artículo 1o, primer párrafo del Acuerdo por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en el periodo que se indica, para quedar como sigue:

Artículo 1o

Se suspenden los plazos y no correrán términos legales en el Instituto Mexicano de la Propiedad...

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