Acuerdo que modifica los diversos mediante los cuales se dan a conocer los Cupos de Importación y de Exportación.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Diciembre de 2020
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 fracciones I y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracciones III y V, 16 fracción III, 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 26 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo que establece el Artículo 23 de la Ley de Comercio Exterior, se entiende por cupo de exportación o importación el monto de una mercancía que podrá ser exportado o importado, ya sea máximo o dentro de un arancel-cupo. La administración de los cupos se podrá hacer por medio de permisos previos.

Que el 4 de abril de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar, con el arancel-cupo establecido, pato, ganso o pintada sin trocear, queso tipo egmont y extractos de café.

Que el 7 de abril de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo unilateral para importar con el arancel-cupo establecido, avena, excepto para siembra, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial antes señalado el 24 de julio de 2006 y el 21 de octubre de 2008.

Que el 14 de julio de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos y el procedimiento para su asignación, para importar quesos y tejidos de lana, originarios de la República Oriental del Uruguay, conforme al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano informativo el 3 de noviembre de 2006.

Que el 18 de julio de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar miel de abeja, preparación usada en panadería, harina y polvo de carne o despojos y ácido esteárico de vacuno, originarios de la República Oriental del Uruguay, conforme al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay.

Que el 3 de julio de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar a los Estados Unidos Mexicanos diversos productos originarios y provenientes de la República Federativa del Brasil.

Que el 14 de febrero de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar productos originarios y provenientes de la República Argentina, de conformidad al Decimoquinto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica No. 6, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial antes señalado el 23 de julio de 2007 y el 2 de julio de 2012.

Que el 23 de julio de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el cual se dan a conocer los cupos para importar a los Estados Unidos Mexicanos, al amparo del arancel-cuota establecido en el acuerdo para el fortalecimiento de la asociación económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, carne y despojos de bovino, carne y preparaciones de pollo, miel natural, bananas o plátanos frescos, naranjas, pasta o puré de tomate, jugo de naranja, jugo de tomate sin adición de azúcar, ketchup, las demás salsas de tomate, d-glucitol (sorbitol), dextrina y demás almidones y féculas modificados, cueros y pieles curtidos en crust, calzado, cueros y pieles depilados y productos laminados planos de hierro o acero, originarios de Japón, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano informativo el 3 de julio de 2012.

Que el 27 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 13 de enero de 2012, 4 de febrero de 2012, 12 de julio de 2013, 20 de junio de 2014, 29 de marzo de 2016, 14 de abril de 2017 y 26 de junio de 2020.

Que el 21 de octubre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar cebada y malta, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano informativo el 22 de julio de 2013.

Que el 1 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar chiles secos (páprika) originarios de la República del Perú, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 2 de julio de 2012 y el16 de noviembre de 2012.

Que el 1 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar frijol originario de la República del Perú, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano informativo el 20 de febrero de 2013.

Que el 1 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar pimientos en conserva originarios de la República del Perú, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 10 de octubre de 2012 y el 20 de febrero de 2013.

Que el 1 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar plátanos (orgánico para la variedad Cavendish) originarios de la República del Perú, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano informativo el 3 de julio de 2012 y el 20 de febrero de 2013.

Que el 1 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar preparaciones lácteas originarias de la República del Perú, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 20 de febrero de 2013.

Que el 1 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar toronjas y limón originarios de la República del Perú, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano informativo el 20 de febrero de 2013.

Que el 1 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar calzado originario de la República del Perú, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 2 de julio de 2012 y el 20 de febrero de 2013.

Que el 1 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el cupo y mecanismo de asignación para importar leche evaporada y dulce de leche originarios de la República del Perú, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano informativo el 20 de febrero de 2013.

Que el 2 de julio de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos y el mecanismo de asignación para importar productos originarios y provenientes de la República de Cuba, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano informativo el 3 de noviembre de 2014.

Que el 11 de julio de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y el mecanismo de asignación para importar atún procesado, excepto lomos, originario de los países miembros de la Comunidad Europea.

Que el 26 de septiembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el procedimiento para el canje, certificación y registro del monto asignado, para importar diversos productos originarios, conforme al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia.

Que el 1 de julio de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar leche ultrapasteurizada en envases herméticos y polvo para preparación de bebidas, originarios de la República de Costa Rica.

Que el 27 de agosto de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar productos que contengan atún siempre y cuando su presentación sea acondicionada para la venta al por menor, en lata, con un peso no mayor a 1 kilogramo, originario de la República de Guatemala.

Que el 27 de agosto de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón; y los demás quesos, originarios de la República de Guatemala.

Que el 14 de agosto de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel cupo establecido, trozos de pollo y pavo, modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 26 de diciembre de 2014.

Que el 26 de diciembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar limón y cebolla.

Que el 30 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos de importación descritos en el Apéndice A-1 "Contingentes arancelarios de México" del Anexo 2-D "Compromisos Arancelarios" del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico.

Que...

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