Acuerdo que modifica la estructura y funcionamiento de la Comisión Dictaminadora para la Aplicación de Factores Socioeconómicos.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

ACUERDO QUE MODIFICA LA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DICTAMINADORA PARA LA APLICACIÓN DE FACTORES SOCIOECONÓMICOS

ROMÁN GUILLERMO MEYER FALCÓN, Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2o., 11, 12, 14, 16 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 161 de la Ley Agraria; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 2o. apartado A, fracción I, inciso a), 4o. y 6o., fracciones XIV y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y lo establecido por el Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

CONSIDERANDO

Que con fundamento en los artículos 41, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 161 y 162 de la Ley Agraria; 2 fracción II, 3 fracción VI, 6 fracción VII y 16 de la Ley General de Bienes Nacionales; el Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 6o., fracciones XIV y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Comité Técnico de Valuación de esta Secretaría es la instancia técnica facultada para la emisión de avalúos sobre terrenos nacionales dedicados a la explotación agropecuaria; excedentes de tierras ejidales; y lotes de colonias agrícolas y ganaderas.

Que en cumplimiento de los artículos 12 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Secretaría de Estado tiene dentro de sus facultades la de emitir acuerdos respecto de los asuntos de su competencia, y que para el despacho de sus funciones se auxilia de Subsecretarios, del Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Directores, Subdirectores y Jefes de Departamento, entre otros, para la eficacia y eficiencia en el despacho de los asuntos de su competencia.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 20, fracción XII, inciso e), del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, corresponde a la Dirección General de Ordenamiento de la Propiedad Rural, ejercer las funciones de administración de los terrenos declarados como nacionales en términos de la legislación aplicable.

Que conforme al artículo 116 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, el Comité Técnico de Valuación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano está facultado para tomar en cuenta, al momento de emitir el avalúo, factores de carácter socioeconómico del solicitante y de la región, municipio o poblado en que estén ubicados los terrenos nacionales correspondientes.

Que la Secretaría tiene como una de sus atribuciones la administración de los terrenos nacionales sin dejar el aspecto social, es decir, la protección a los pueblos y comunidades indígenas, establecido en el artículo 2o. constitucional y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y tribales, suscrito en 1990, en el que se establece que los gobiernos nacionales deben respetar la cultura y los valores de los pueblos indígenas y su relación con las tierras que ocupan o utilizan.

Que con la finalidad de cumplir con todo lo antes señalado, es necesario actualizar y modificar el Acuerdo que establece la creación de la comisión dictaminadora para la aplicación de factores socioeconómicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2012, con la finalidad de que la Secretaría pueda ejercer a cabalidad sus funciones de Dependencia Administradora de los terrenos nacionales. Lo anterior encaminado a tomar en cuenta las condiciones socioeconómicas de grupos, pueblos o comunidades indígenas, y dar oportunidad para que regularicen la...

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