Acuerdo por el que se modifica el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el ejercicio fiscal 2018.

Fecha de disposición09 Noviembre 2018
Fecha de publicación09 Noviembre 2018
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL MANUAL QUE REGULA LAS PERCEPCIONES DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018.

La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fundamento en los artículos 26 Apartado B, 123 Apartado B, 126 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 5 fracción I, 64 y 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 52, 76 último párrafo y 77 fracción XIV de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; 5 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y 16 fracción IV y 19 fracción III del Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el Ejercicio Fiscal 2018.

ACUERDO

ÚNICO.- Se modifica primer y segundo párrafo de la fracción II del artículo 23 del Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el Ejercicio 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017 y su última reforma publicada en Diario Oficial de la Federación el 17 de septiembre de 2018, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 23

...

  1. El importe de aguinaldo del sueldo base se determinará de acuerdo con las remuneraciones cubiertas mensualmente a las y los trabajadores como sueldo base, dividido entre 30 y el resultado multiplicado por 40. A esta base de cálculo anual se deberá aplicar el porcentaje que corresponda al periodo que efectivamente se labore y conforme a los nombramientos vigentes en el ejercicio, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

La gratificación de fin de año de la compensación garantizada para el personal de enlace y mando del Instituto, se pagará de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, en una sola exhibición y se determinará sobre la base del importe que mensualmente se paga como compensación garantizada, dividida entre 30 y el resultado multiplicado por 40. A esta base de cálculo anual se deberá aplicar el porcentaje que corresponda al periodo...

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