Acuerdo por el que se modifica el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el Ejercicio Fiscal 2020.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL MANUAL QUE REGULA LAS PERCEPCIONES DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, Apartado B, 123 Apartado B fracción IV, 126 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32, 33, 34 y 35 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 3, 5, 33 fracción II, 45, 65 y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos Reglamentaria de los Artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52 y 77 fracción XIV de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y 5 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y

CONSIDERANDO

Que derivado del incremento salarial autorizado por la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) para el ejercicio fiscal 2020 por concepto de sueldos, salarios y prestaciones en términos mensuales, se requiere una actualización de los niveles de sueldos y salarios establecidos en los tabuladores del personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual.

Que de acuerdo a la actualización del monto de las prestaciones económicas denominadas: "Compensación por desarrollo y capacitación", "Previsión social múltiple", "Ayuda para despensa", "Ayuda por servicios" y "Ayuda de transporte", autorizado por la Junta de Gobierno del INEGI para el personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual, así como la actualización de la "Ayuda para despensa" para el personal de enlace y mando, es necesario actualizar las disposiciones normativas que las regulan.

Que en virtud de que en el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el ejercicio fiscal 2020, se incluyen los tabuladores de percepciones brutas mensuales del personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual, así como las prestaciones económicas, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO.- Se modifica el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el ejercicio fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2020, en sus artículos 24 y 25, y los Anexos 1A, 1B y 6, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 24

La ayuda para despensa consiste en el otorgamiento de 985 pesos mensuales al personal operativo, de enlace y de mando.

Artículo 25

En el caso de las prestaciones al personal operativo se incluirán los siguientes conceptos:

  1. Ayuda de transporte; por un importe mensual de 780 pesos;

  2. Previsión social múltiple; por un importe mensual de 705 pesos;

  3. Ayuda por servicios; por un importe mensual de 685 pesos, se exceptúa de esta prestación al personal con plaza de carácter presupuestal eventual, y

  4. Compensación por desarrollo y capacitación; por un importe mensual de 1,800 pesos. Este concepto forma parte de la base de cálculo para determinar las cuotas de las y los trabajadores, y las aportaciones del Instituto a favor del ISSSTE.

Estos conceptos se otorgarán en efectivo, en forma quincenal, a través del pago de nómina.

ANEXO 1 A.- PERSONAL OPERATIVO PERMANENTE

TABULADOR DE PERCEPCIONES BRUTAS MENSUALES PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS CONSIDERADOS COMO PERSONAL OPERATIVO DE CARÁCTER PRESUPUESTAL PERMANENTE DEL INEGI, DEL EJERCICIO FISCAL 2020

NIVEL
ZONA ECONÓMICA II
ZONA ECONÓMICA III
SUELDO
BASE BRUTO
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA
BRUTA
SUELDO
BASE BRUTO
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA
BRUTA
RA3
8,747.00
5,185.00
9,197.00
4,997.00
RA2
8,747.00
4,737.00
9,147.00
4,606.00
RA1
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