Acuerdo por el que se modifica el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el Ejercicio Fiscal 2020.
Edición | Matutina |
Emisor | Instituto Nacional de Estadística y Geografía |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL MANUAL QUE REGULA LAS PERCEPCIONES DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.
La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26, Apartado B, 123 Apartado B fracción IV, 126 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32, 33, 34 y 35 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; 3, 5, 33 fracción II, 45, 65 y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos Reglamentaria de los Artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52 y 77 fracción XIV de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y 5 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y
CONSIDERANDO
Que derivado del incremento salarial autorizado por la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) para el ejercicio fiscal 2020 por concepto de sueldos, salarios y prestaciones en términos mensuales, se requiere una actualización de los niveles de sueldos y salarios establecidos en los tabuladores del personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual.
Que de acuerdo a la actualización del monto de las prestaciones económicas denominadas: "Compensación por desarrollo y capacitación", "Previsión social múltiple", "Ayuda para despensa", "Ayuda por servicios" y "Ayuda de transporte", autorizado por la Junta de Gobierno del INEGI para el personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual, así como la actualización de la "Ayuda para despensa" para el personal de enlace y mando, es necesario actualizar las disposiciones normativas que las regulan.
Que en virtud de que en el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el ejercicio fiscal 2020, se incluyen los tabuladores de percepciones brutas mensuales del personal operativo de carácter presupuestal permanente y eventual, así como las prestaciones económicas, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Se modifica el Manual que regula las Percepciones de las y los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el ejercicio fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2020, en sus artículos 24 y 25, y los Anexos 1A, 1B y 6, para quedar en los términos siguientes:
La ayuda para despensa consiste en el otorgamiento de 985 pesos mensuales al personal operativo, de enlace y de mando.
En el caso de las prestaciones al personal operativo se incluirán los siguientes conceptos:
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Ayuda de transporte; por un importe mensual de 780 pesos;
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Previsión social múltiple; por un importe mensual de 705 pesos;
-
Ayuda por servicios; por un importe mensual de 685 pesos, se exceptúa de esta prestación al personal con plaza de carácter presupuestal eventual, y
-
Compensación por desarrollo y capacitación; por un importe mensual de 1,800 pesos. Este concepto forma parte de la base de cálculo para determinar las cuotas de las y los trabajadores, y las aportaciones del Instituto a favor del ISSSTE.
Estos conceptos se otorgarán en efectivo, en forma quincenal, a través del pago de nómina.
TABULADOR DE PERCEPCIONES BRUTAS MENSUALES PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS CONSIDERADOS COMO PERSONAL OPERATIVO DE CARÁCTER PRESUPUESTAL PERMANENTE DEL INEGI, DEL EJERCICIO FISCAL 2020
NIVEL | ZONA ECONÓMICA II | ZONA ECONÓMICA III | ||
SUELDO BASE BRUTO | COMPENSACIÓN GARANTIZADA BRUTA | SUELDO BASE BRUTO | COMPENSACIÓN GARANTIZADA BRUTA | |
RA3 | 8,747.00 | 5,185.00 | 9,197.00 | 4,997.00 |
RA2 | 8,747.00 | 4,737.00 | 9,147.00 | 4,606.00 |
RA1
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