Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se dan a conocer los lineamientos para la operación de casas de empeño durante la contingencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado el 4 de mayo de 2020.
Fecha de publicación | 13 Mayo 2020 |
Fecha de disposición | 04 Mayo 2020 |
Al margen un logotipo, que dice: Procuraduría Federal del Consumidor.- Oficina del Procurador.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SIMILAR POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE CASAS DE EMPEÑO DURANTE LA CONTINGENCIA SANITARIA PROVOCADA POR EL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19), PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 4 DE MAYO DE 2020.
DOCTOR FRANCISCO RICARDO SHEFFIELD PADILLA, Procurador Federal del Consumidor, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, párrafo tercero, fracciones VI y IX, 10 BIS, 20, 24, fracciones I, II y XX, 27, fracciones IX y XI, 128 TER, fracciones III y IV de la Ley Federal de Protección al Consumidor; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 9, primer y segundo párrafo fracción III del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor,
CONSIDERANDO
Que la Procuraduría Federal del Consumidor tiene funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.
Que en los artículos 65 Bis, 65 Bis 1, 65 Bis 2, 65 Bis 3, 65 Bis 4, 65 Bis 5, 65 Bis 6, 65 Bis 7 y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se regula lo relativo a las contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria, para lo cual existe el Registro de Casas de Empeño, en el que se autoriza la operación de los proveedores de servicios de mutuo con interés y garantía prendaria, y se registran como Casas de Empeño a los proveedores, personas físicas y morales no reguladas por leyes ni autoridades financieras, que de forma habitual o profesional oferten al público los servicios de mutuo con interés y garantía prendaria.
Que la Norma Oficial Mexicana NOM-179-SCFI-2016, Servicios de mutuo con interés y garantía prendaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de agosto de 2017, tiene como objeto establecer los requisitos de información jurídico y comercial, que deben proporcionarse en las operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria, así como los elementos de información que debe contener el Contrato de prestación de estos servicios y la metodología para determinar los costos asociados a los que se refiere el artículo 65 Bis 4 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Que en el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General, declara como emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el Diario Oficial de...
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