Acuerdo por el que se modifican, adicionan y derogan diversos numerales de las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera.

Fecha de disposición27 Noviembre 2018
Fecha de publicación27 Noviembre 2018
MateriaDerecho Público y Administrativo
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones VI, VII, XVI y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, 5, fracción II, inciso b), 65, fracción IV, 67, 69 y 70 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 2, 3, 13, 67, 68, 69, fracciones I, IV, V, XIV, XV, XVII y XVIII, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 1, 6, 7, fracciones I y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal faculta a la Secretaría de la Función Pública para organizar y coordinar el desarrollo administrativo integral en las dependencias y entidades del Gobierno Federal y emitir normas para que sus recursos humanos sean aprovechados con criterios de eficacia, legalidad, eficiencia y simplificación administrativa; conducir políticas, establecer normas y emitir autorizaciones y criterios en materia de planeación y administración de recursos humanos, contratación del personal, Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada, y estructuras orgánicas y ocupacionales, de conformidad con las normas de control de gasto en materia de servicios personales; llevar y normar el registro de servidores públicos de la Administración Pública Federal, así como aprobar y registrar las estructuras orgánicas y ocupacionales de las dependencias y entidades y de la Procuraduría General de la República y sus modificaciones, previo dictamen presupuestal favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria prevé que las dependencias y entidades deberán observar las disposiciones generales que emita la Secretaría de la Función Pública en el ámbito de su competencia, para su correcta aplicación y la de su Reglamento; que al realizar pagos por concepto de servicios personales los ejecutores del gasto deben sujetarse a las leyes laborales y a las relativas a servicios profesionales de carrera y observar las demás disposiciones generales aplicables y, en el caso de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la política de servicios personales que establezca el Ejecutivo Federal, y que la Secretaría de la Función Pública debe emitir disposiciones generales para las contrataciones por honorarios de las dependencias y entidades, así como normas para el funcionamiento y operación del sistema de administración de sus recursos humanos;

Que la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal faculta a la Secretaría de la Función Pública para dirigir el Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada, y aplicarla para efectos administrativos, emitiendo criterios obligatorios sobre ésta y otras disposiciones en la materia para la regulación del propio Sistema, y que las dependencias y órganos administrativos desconcentrados del Gobierno Federal, deben operar el Sistema de Servicio Profesional de Carrera, conforme a los criterios que emita la Secretaría de la Función Pública, en función de los principios de competencia, mérito e igualdad de oportunidades que tutela esta Ley;

Que las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera fueron integradas en un solo ordenamiento para efectos de su simplificación normativa, en términos del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, y sus reformas aparecidas en ese mismo medio oficial de difusión el 29 de agosto de 2011, el 6 de septiembre de 2012, el 23 de agosto de 2013, el 4 de febrero de 2016 y el 6 de abril de 2017; que las mismas deben revisarse al menos una vez al año para que, cuando sea necesario, sean actualizadas y que, luego de su análisis por parte de la Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal de la Secretaría de la Función Pública, se estimó conveniente modificar diversos de sus numerales en beneficio de la eficiencia y eficacia del servicio público, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO.- Se reforman los numerales 1, en su quinto párrafo; 11, fracción IV, inciso b), en sus subincisos vi y viii; 40, en su inciso e); 44, en su segundo párrafo; 47.1, en su fracción III; 48, fracción I, inciso a), en su subinciso i, en su inciso d), y la fracción II, en su segundo párrafo; 51.3; 51.4, en su quinto párrafo; 51.7, en su segundo párrafo; 51.3, en su segundo párrafo; 60; 62; 78; 84; 113, en su segundo párrafo; 115; 170, en sus fracciones VI y VII; 192, en su tercer párrafo; 215, en su segundo párrafo; 289, en sus fracciones V y VI; se adicionan los numerales 1, con un séptimo párrafo; 2, incorporando en su orden alfabético los términos Certificación y Sensibilización; 10, fracción I, con un inciso d); 11, fracción IV, inciso b), con unos subincisos ix

y x; el Título Segundo, con un Capítulo VIII y un numeral 31 Bis; 40, con un inciso f); 46, con un quinto y sexto párrafos; 48, fracción I, con unos incisos e) y f); 49.2; 49.3; 87, con un segundo párrafo; 88, con un segundo y tercer párrafos; 127, con un segundo párrafo; 170, con una fracción VIII; el Título Sexto, Capítulo IV, Sección V, con un numeral 284 Bis y 289, con una fracción VII; y se derogan el numeral 215, su tercer párrafo; el Título Sexto, Capítulo V, su Sección VII y sus numerales 305, 306, 307, 308 y 309, todos del ARTÍCULO TERCERO del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación...

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