Acuerdo por el que se modifican los Anexos Primero y Segundo del Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación.

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EmisorSecretaria Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupcion

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Al margen un logotipo, que dice: Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción. Con fundamento en los artículos 108 y 113, fracciones I y III, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 8, 9 fracciones XI, XIII y XVIII, y 51 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 1, 2 fracción IV, 29, 32, 33, 34 párrafo tercero, y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y

CONSIDERANDO

Que en la Tercera Sesión Ordinaria 2018 celebrada el 13 de septiembre de 2018, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción tuvo a bien aprobar por unanimidad el "Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación";

Que en la Primera Sesión Extraordinaria 2019 celebrada el 21 de marzo de 2019, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, por unanimidad, aprobó el Acuerdo por el que se modifica el artículo segundo transitorio del "Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación", en los siguientes términos:

"SEGUNDO. Se determina que los formatos aprobados mediante el presente Acuerdo, serán obligatorios para los Servidores Públicos al momento de presentar sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses, una vez que se encuentren debidamente integrados y correctamente segmentados, estén plenamente adecuados a las directrices establecidas en el marco jurídico aplicable y se garantice la interoperabilidad con el sistema de evolución patrimonial y de declaración de intereses de la Plataforma Digital Nacional, a que hace referencia la fracción I del artículo 49 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, situación que será formalmente informada a los involucrados mediante el Acuerdo correspondiente que, para tal efecto, emita el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y publique en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación y observancia obligatoria, lo que no podrá exceder del 31 de diciembre de 2019";

Que la modificación anterior obedeció, principalmente a:

  1. Que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción recibió varias consultas y cuestionamientos de diversas instituciones encargadas de la puesta en marcha y utilización del formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses;

  2. Que los integrantes del Comité Coordinador reconocieron la existencia de desafíos de carácter técnico, operativo y jurídico en los tres órdenes de gobierno que limitaban la implementación del formato en la fecha prevista, y

  3. Que de un análisis exhaustivo realizado oficiosamente por la Secretaría de la Función Pública al multirreferido formato, concluyó que era imperioso realizar algunas modificaciones para, entre otras cosas: i) Permitir la compatibilidad de determinada información que se solicitaba a través del formato aprobado por el Comité Coordinador en la Tercera Sesión Ordinaria 2018 y el DeclaraNet Plus, con la finalidad de salvaguardar el historial registral de los servidores públicos que han realizado su declaración patrimonial a través de este sistema y facilitar el análisis de evolución patrimonial; ii) Establecer un formato para cada tipo de declaración: inicial, de modificación y de conclusión; iii) Incorporar una opción que indique la inaplicabilidad de rubros relacionados con datos patrimoniales y de conflicto de intereses y, iv) Establecer un mecanismo de interpretación;

Que producto del análisis de un grupo técnico de trabajo, conformado por especialistas representantes de cada una de las instituciones que integran el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, a los Anexos Primero y Segundo del "Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación", se identificaron áreas de oportunidad del formato anteriormente aprobado, así como de las normas e instructivo para su llenado y presentación, y

Que en la Segunda Sesión Extraordinaria 2019 celebrada el día 7 de agosto de 2019, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción tuvo a bien aprobar por unanimidad, el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ANEXOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN EMITE EL FORMATO DE DECLARACIONES: DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES; Y EXPIDE LAS NORMAS E INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO Y PRESENTACIÓN

ÚNICO. Se modifican los Anexos Primero y Segundo del "ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN EMITE EL FORMATO DE DECLARACIONES: DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES; Y EXPIDE LAS NORMAS E INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO Y PRESENTACIÓN", que contienen los formatos de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses, y las normas e instructivo para su llenado y presentación, respectivamente, en los términos que ordenan los artículos 29, 34 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ricardo Salgado Perrilliat, Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, con fundamento en los artículos 35, fracciones I y III de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 18, fracción XIII del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, certifico:

  1. Que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, en la Tercera Sesión Ordinaria de 2019, celebrada el día 9 de julio de 2019, aprobó por unanimidad, en lo general, las modificaciones a los Anexos Primero y Segundo del acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación.

    Asimismo, que se aprobó por mayoría de votos -con cuatro votos a favor, emitidos por el Magdo. Carlos Chaurand Arzate, Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el Lic. David Rogelio Colmenares Páramo, Auditor Superior de la Federación, por la Dra. María de la Luz Mijangos Borja, Titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, por el Dr. Alfonso Pérez Daza, Consejero del Consejo de la Judicatura Federal, y con tres votos en contra, emitidos por el Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Doctor Francisco Javier Acuña Llamas, por el Presidente del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, Maestro José Octavio López Presa, y por la Dra. Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, Secretaria de la Función Pública, quien además manifestó la formulación de un voto particular- la adición de un segundo párrafo a la regla Octava de las "Normas e instructivo para el llenado y presentación del formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses", propuesta por el Dr. Alfonso Pérez Daza, Consejero del Consejo de la Judicatura Federal, en los términos siguientes:

    "Los miembros del Poder Judicial de la Federación que realizan actividades jurisdiccionales deberán observar las disposiciones relativas al régimen específico de impedimentos al que están sujetos conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley de Amparo, el Código Federal de Procedimientos Civiles y demás leyes aplicables, cuyos supuestos no están previstos en este formato. Por tanto, para ellos aplicará el formato que autorice su Órgano Interno de Control."

  2. Que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, en su Segunda Sesión Extraordinaria de 2019, celebrada el día 7 de agosto de 2019, aprobó por unanimidad, los temas particulares de los Anexos Primero y Segundo del acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación, siguientes:

    1. Especificar que los datos de menores serán tratados como información confidencial, privilegiando el interés superior del menor;

    2. Establecer qué datos son confidenciales en cada sección de cada uno de los formatos, y

    3. Modificar el punto 2 de la sección II de los formatos de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses, denominado "¿Participa en alguna de estas instituciones?" y su catálogo de opciones, en los siguientes términos: "¿Participa en la toma de decisiones de alguna de estas instituciones?", eliminando del catálogo de opciones: "ORGANIZACIONES RELIGIOSAS".

  3. Que en la Segunda Sesión Extraordinaria de 2019, no se aprobaron cuatro propuestas formuladas por el Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Dr. Francisco Javier Acuña Llamas, a saber:

    1. Publicación de la información de saldos, cuya votación fue la siguiente: tres votos a favor, emitidos por el Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, Dr. Francisco Javier Acuña Llamas, por la Secretaria de la...

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