Acuerdo por el que se modifican los diversos por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y por el que se determina el número, circunscripción territorial y sede de las Direcciones Regionales de Vigilancia de Recursos y Valores, y se delegan las facultades que se indican, publicados el 26 y 27 de diciembre de 2017, respectivamente.

EdiciónVespertina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

ACUERDO 138/2018

CARLOS MANUEL URZÚA MACÍAS, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., 6o., fracción XXIX y 93 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y al Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (RISHCP), corresponde de manera indelegable a su titular adscribir orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el RISHCP, así como señalar el número, sede y circunscripción territorial de unidades administrativas regionales en los acuerdos secretariales correspondientes;

Que de conformidad con el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2017, se adscriben a la Tesorería de la Federación, las Direcciones Regionales de Vigilancia de Recursos y Valores;

Que las unidades administrativas regionales adscritas a la Tesorería de la Federación únicamente pueden ejercer sus facultades en la circunscripción territorial establecida mediante el Acuerdo por el que se determina el número, circunscripción territorial y sede de las Direcciones Regionales de Vigilancia de Recursos y Valores, y se delegan las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2017;

Que actualmente conforme a lo dispuesto en el artículo 90-B del RISHCP, la Tesorería de la Federación cuenta en su estructura centralizada con direcciones de área que tienen las mismas atribuciones que las unidades administrativas regionales antes descritas y pueden ejercerlas a nivel nacional, y

Que para el ejercicio de la función de vigilancia de recursos y valores a cargo de la Tesorería de la Federación, es suficiente la participación de las direcciones de área que tienen asignada dicha competencia a nivel nacional, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS DIVERSOS POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y POR EL QUE SE DETERMINA EL NÚMERO...

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