Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura para el ejercicio fiscal 2019, publicadas el 27 de febrero de 2019. (Continúa de la Tercera Sección).

Fecha de disposición27 Febrero 2019
Fecha de publicación04 Abril 2019
EmisorSECRETARIA DE CULTURA
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

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ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura para el ejercicio fiscal 2019, publicadas el 27 de febrero de 2019. (Continúa de la Tercera Sección). (Viene de la Tercera Sección)

II.7 Su Registro Federal de Contribuyentes es: ___________, y señala como su domicilio para todos los efectos legales derivados del presente instrumento, el ubicado en ________________________________________________.

"LAS PARTES" se reconocen mutuamente la personalidad y las facultades con las que se ostentan, y manifiestan que es su voluntad celebrar el presente Acuerdo, por lo que vistos los Antecedentes y Declaraciones que preceden, convienen sujetar su compromiso al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- "LA SECRETARÍA" y "EL ESTADO", convienen que el objeto del presente Acuerdo es el de conjuntar sus esfuerzos y respectivas capacidades, con el propósito de establecer las acciones de cooperación y coordinación institucional que llevarán a cabo para cumplir con los objetivos de "EL PAICE", mismos que se mencionan en la declaración __ de este instrumento, así como para colaborar en beneficio del proyecto cultural de _________________________________, el cual se encuentra bajo la _________________________ de ___________, de conformidad con lo señalado en la declaración ___ del presente instrumento, mismo que ha sido presentado al Jurado Dictaminador de "EL PAICE" en su _________ Sesión, de fecha ___ de _____ de 20____, y el cual fue seleccionado y fallado favorablemente para ser apoyado por "EL PAICE" de "LA SECRETARÍA", y cuya ejecución se efectuará en un período no mayor a _____ meses, de acuerdo a lo establecido en el cronograma de ejecución.

SEGUNDA.- "LAS PARTES" por virtud del presente Acuerdo, convienen realizar una aportación total por la cantidad de _________________ (_____________ PESOS __/100 M.N.), a efecto de dar cumplimiento al objeto mencionado en la cláusula anterior, misma que será proporcionada de la siguiente manera:

a) "LA SECRETARÍA" aportará la cantidad de __________________ (_____________ PESOS __/100 M.N.), _______________________________________________ _____________________________________________________________________________________________________________.

b) "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" (acreditó/acreditará/no aportará cantidad alguna, toda vez que, el proyecto cultural se realizará en un Municipio de atención prioritaria de conformidad con el listado anexo de la Convocatoria de "EL PAICE") la cantidad de _________________ (_____________ PESOS __/100 M.N.), _______________.

TERCERA.- "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" se compromete frente a "LA SECRETARÍA", a vigilar que los recursos públicos federales de "EL PAICE", otorgados al proyecto cultural objeto del presente instrumento, tengan una correcta aplicación de acuerdo con las Leyes Federales y demás ordenamientos que de éstas deriven, que se encuentren vigentes y que sean aplicables al proyecto cultural, así como de conformidad con lo estipulado en las Reglas de Operación de "EL PAICE".

CUARTA.- "EL ESTADO", reconoce y acepta que por virtud del presente Acuerdo, a través de "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" asume frente a "LA SECRETARÍA" el carácter de instancia beneficiaria de "EL PAICE", y se obliga a dar cumplimiento a todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Reglas de Operación de "EL PROGRAMA", a todas y cada una de las cláusulas del presente Acuerdo, así como a todos los requerimientos de entrega de información y documentación que al efecto se considere necesaria y se le solicite, tanto "LA DGVC" o el/la Coordinador(a) de "EL PAICE".

"LA INSTANCIA BENEFICIARIA" deberá brindar las facilidades en caso de que "LA SECRETARÍA" requiera realizar visitas en el inmueble beneficiado, con el propósito de verificar el desarrollo del proyecto cultural autorizado y referido en la cláusula primera del presente Acuerdo.

En el supuesto de que "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" incumpla con lo pactado en cualesquiera de las cláusulas del presente Acuerdo, cualquiera de los puntos de las Reglas de Operación y/o cualquiera de los requerimientos y/o entrega de documentación que se le hubiere solicitado por conducto de "LA DGVC" o del/de la Coordinador(a) de "EL PAICE", "LA SECRETARÍA" estará facultada para exigir el reembolso de la cantidad señalada en la cláusula segunda inciso a) del presente Acuerdo, así como de los intereses generados, quedando a su vez, "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", obligada a reintegrarlos, de conformidad con la cláusula ____ del presente Instrumento Jurídico.

QUINTA.- "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" de "EL PAICE", se obliga a cumplir con los siguientes compromisos:

a) Abrir una cuenta bancaria productiva específica, que permita la identificación de los recursos federales para efectos de la administración, comprobación de su ejercicio y fiscalización del proyecto cultural al que se refiere la cláusula primera del presente Instrumento Jurídico;

b) Sujetarse al contenido del proyecto cultural que fue presentado al Jurado Dictaminador de "EL PAICE", en la _______ Sesión, de fecha __ de _____ de 20___;

c) Destinar los recursos públicos federales otorgados, única y exclusivamente para realizar el proyecto cultural señalado en la cláusula primera del presente Instrumento Jurídico;

d) Ser responsable de la correcta aplicación y comprobación de los recursos aportados para la ejecución del proyecto cultural objeto del presente Acuerdo, mencionado en la cláusula primera del mismo, así como del resguardo de la documentación que acredite el ejercicio de los recursos públicos recibidos;

e) Elaborar y entregar, a "LA DGVC" de conformidad con lo señalado en las Reglas de Operación de "EL PAICE", los Reportes de Avances Trimestrales correspondientes, en el formato establecido por "EL PAICE", durante los 15 días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta.

f) Integrar el Reporte Final del proyecto cultural, en el formato establecido por "EL PAICE" y remitirlo a "LA DGVC", a más tardar 15 días hábiles después de que "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" haya concluido la ejecución del proyecto cultural.

g) Los demás que acuerden "LAS PARTES" por escrito en el instrumento jurídico correspondiente.

SEXTA.- "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", será la única responsable de la ejecución del proyecto cultural, por lo que se compromete a realizar las siguientes acciones para cumplir con los objetivos y fines de "EL PAICE":

a) Vigilar y supervisar el desarrollo del proyecto cultural objeto del presente Acuerdo, mismo que ha sido beneficiado por "EL PAICE"; y

b) Las demás que se requieran y acuerden "LAS PARTES" por escrito a través de la suscripción del Instrumento Jurídico correspondiente, para el cumplimiento de los objetivos y fines de "EL PAICE".

SÉPTIMA.- "LA SECRETARÍA", designa como para la coordinación y realización de los compromisos contraídos en el presente acuerdo a la "LA DGVC". Por su parte, "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" designa como responsable a su titular en funciones.

OCTAVA.- "LA SECRETARÍA" y "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", reconocen expresamente que la suscripción del presente Acuerdo, implica la aceptación de todos y cada uno de los términos del Fallo emitido por el Jurado Dictaminador de "EL PAICE", en su _______ Sesión, de fecha __ de ______ de 20____, respecto al proyecto cultural presentado; así como de las Reglas de Operación de "EL PROGRAMA".

NOVENA.- "LA SECRETARÍA" y "EL ESTADO", convienen en que corresponderá a "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", por conducto de ___________, ser el órgano encargado de la supervisión del desarrollo del proyecto cultural que ha sido presentado y aprobado en el marco de "EL PROGRAMA" mediante "EL PAICE", y al que se refiere la cláusula primera del presente Acuerdo.

DÉCIMA.- "LAS PARTES" convienen que podrán, cuando así lo consideren conveniente, realizar por conducto de sus Contralorías, las auditorías necesarias a la aplicación de los recursos otorgados para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo.

DÉCIMA

PRIMERA.- "LAS PARTES" convienen que el presente Instrumento no constituye una sociedad o empresa de ningún tipo entre las mismas, por lo tanto "LA SECRETARÍA" no será responsable de los gastos, deudas o responsabilidades económicas, civiles, penales, autorales, laborales, administrativas, fiscales o de seguridad social que contraiga "LA INSTANCIA BENEFICIARIA".

DÉCIMA

SEGUNDA.- "LAS PARTES" convienen que el personal que participe, por parte de cada una de ellas, en la organización, ejecución, supervisión y cualquier otra actividad que se lleve a cabo con motivo del presente Acuerdo, quedará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte que lo designó, sin que se entienda en forma alguna, que en la realización de los trabajos desarrollados durante la designación, se pudiesen generar o haber generado derechos laborales o de otra naturaleza, con respecto a la otra parte signante.

DÉCIMA

TERCERA.- Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de una contingencia, en la inteligencia de que, una vez superados los eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen por...

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